El hijo de Evo Morales existió jurídicamente

País
Publicado el 25/06/2021 a las 11h01
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Texto y fotos: Juan José Toro

Aunque ese hermetismo vaya contra la Constitución Política del Estado (CPE), el acceso a la base de datos del Servicio de Registro Cívico (Serecí) está cerrado por varios candados informáticos. El último fue puesto el 1 de junio de este año, mediante una mera comunicación por correo electrónico que el responsable de procesos biométricos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), David Esaú Dávila Chapana, emitió a todos los directores departamentales del Serecí.

Los excesivos cuidados no son nuevos pues datan de 2016, justo después del escándalo por el supuesto hijo que el entonces presidente Evo Morales habría tenido con Gabriela Zapata.

Según el parágrafo I del artículo 70 de la Ley 018, el Serecí es la entidad pública encargada de “la organización y administración del registro de las personas naturales, en cuanto a nombres y apellidos, su estado civil, filiación, nacimiento, hechos vitales y defunción…”. Por su naturaleza, ese registro debería estar abierto al público, pues eso dispone la CPE, pero comenzó a cerrarse en 2016, coincidiendo con el escándalo del supuesto hijo.

Lo que ocurrió aquel año es que un periodista, Carlos Valverde, exhibió un certificado de nacimiento que daba fe de la existencia de una persona de sexo masculino que se había registrado en el Serecí con el nombre de Ernesto Fidel Morales Zapata.

Lo que hacía particular a este registro es que los nombres de los padres de esta supuesta persona eran Juan Evo Morales Ayma y Gabriela Geraldine Zapata Montaño. Aquel era presidente del Estado y esta la gerente comercial para Bolivia de la empresa china CAMC Engenering Co. Ltda. a la que se le atribuyó contratos públicos por montos que sobrepasaban los 500 millones de dólares.

Valverde publicó un dato todavía más importante: Zapata era pareja de Evo Morales, hecho que el entonces jefe de Estado admitió parcialmente, pues dijo que tuvieron una relación en el pasado, pero negó la existencia de un hijo.

Los efectos de las revelaciones de Valverde son por demás conocidos. Actualmente, Zapata está en la cárcel de Obrajes y la existencia del hijo ha sido negada sistemáticamente. Algo más: la partida de inscripción del nacimiento de ese supuesto hijo ha desaparecido.

El detalle es que sí hubo partida, y pude fotografiarla.

La partida

Está en el libro 42 que la Oficialía Colectiva del Registro Cívico número 15 de Cochabamba manejaba el año 2007. El 18 de junio de ese año se emitió la partida No. 51 que certificaba la existencia de un niño varón supuestamente engendrado por Juan Evo Morales Ayma y Gabriela Geraldine Zapata Montaño. 

Según lo que se puede leer en esa partida, el niño nació en La Paz, provincia Murillo del Departamento del mismo nombre, a las 11:30 del 30 de abril de 2007. Ignoro las razones por las que fue inscrito en Cochabamba pero sí sé que la oficial que lo registró fue Ivette Gonzalez Egüez sobre la base de un certificado médico de nacido vivo expedido por la médica Verónica Bustillos Riveros.

En el momento de la polémica se dijo que este último certificado era falso pero, al margen, se consigna a dos testigos del nacimiento, José Silvio García Soria, con cédula de identidad 3007136, y Javier Escalera Calizaya, con documento 4465168. Si, en efecto, el niño nunca nació y se lo inscribió con certificado de nacido vivo falso, esas dos personas tendrían que ser procesadas por falso testimonio.

Igual que pasa con las de matrimonio, defunción o reconocimiento de hijos, una partida de nacimiento acredita un hecho de la vida civil de las personas, en su caso el nacimiento que representa el inicio de la vida; es decir, la existencia de una persona.

Para anular una partida de nacimiento es preciso demostrar que este se emitió con vicios de nulidad pero si lo que se pretende es demostrar la inexistencia de una persona, hay que presentar el certificado que lo acredite; es decir, el de defunción.

Mientras una partida de nacimiento está vigente, esta demuestra la existencia jurídica de una persona. El haber visto la partida, en la base de datos del Serecí, es una prueba de que existía, ratificada con las fotografías que se tomó del documento, mientras estaba disponible. 

Instrucción por e-mail

A partir del escándalo por el supuesto hijo, las cosas han cambiado en el manejo de los datos del Serecí. Ahora ya no se puede revisar el sistema como antes porque todo ingreso está controlado.

El último candado se cerró el 1 de junio, con la instrucción que el responsable de procesos biométricos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), David Esaú Dávila Chapana, emitió a todos los directores departamentales del Serecí mediante correo electrónico.

Mediante esa instrucción, que es denominada “solicitud”, se establece que todos los funcionarios del Serecí llenen un archivo Excel cada vez que realicen una búsqueda en el sistema. De esa manera, ahora puede saberse quién ingresó a la base de datos, a qué hora, qué buscó, por qué, para qué y a quién proporcionó información. 

La instrucción señala que “como respaldo de esta solicitud se hace mención a la Ley 018 – Del Órgano Electoral Plurinacional Artículo 72.- (Obligaciones)”.

Ese artículo establece tres obligaciones:

“1. Respeto irrestricto del derecho a la intimidad e identidad de las personas y los demás derechos derivados de su registro.

“2. Garantizar la privacidad y confidencialidad de los datos registrados de las personas.

“3. Velar por la seguridad e integridad de la totalidad de la información registrada”.

Sin embargo, el parágrafo 6 del artículo 21 de la CPE señala que las bolivianas y bolivianos tienen derecho “a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva” mientras que el artículo 24 dice que “toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario”.

 

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