Franquicia para viajeros: artículos nuevos hasta $us 1.000 sin tributos
La Aduana Nacional confirmó que los viajeros internacionales, tanto nacionales como extranjeros, pueden ingresar al país con artículos nuevos de consumo personal sin pagar tributos, siempre que su valor no supere los $us 1.000. Esta normativa, regulada en el artículo 188 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, se consolidó el pasado 26 de febrero, mediante la Resolución de Directorio N° RD 01-013-24, y busca facilitar el ingreso temporal de viajeros con objetos de uso personal adquiridos en el extranjero, bajo ciertas restricciones y sin fines comerciales.
La franquicia de $us 1.000 permite a los viajeros introducir artículos nuevos de uso personal comunes, como dispositivos electrónicos, prendas de vestir y otros productos de consumo inmediato. Sin embargo, existen límites específicos para ciertos artículos: hasta 3 litros de bebidas alcohólicas, hasta 400 cigarrillos, hasta 50 cigarros o 500 gramos de tabaco picado, y hasta 3 cajas o frascos de medicamentos, siempre que cuenten con receta médica.
Además de los artículos nuevos, los viajeros pueden traer algunos bienes usados y efectos personales sin restricción, tales como ropa, documentos impresos, material publicitario para viajeros de negocios y artículos electrónicos o deportivos de uso personal.