Magistrado descalifica opción del MAS de llamar a otro referendo
La Paz | Los Tiempos
“La pregunta va con el contenido, no se puede plantear una reforma constitucional con el mismo contenido de algún proceso que ya ha iniciado sobre reforma parcial de la Constitución porque en realidad existe el fallo del Tribunal Constitucional y también existen disposiciones de la Ley de Régimen Electoral respecto del carácter vinculante de los resultados”, afirmó ayer Ruddy Flores, magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
El tribuno se refirió al tema ante la consulta sobre la posibilidad de que se realice un nuevo referendo para cambiar el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) a través de la pregunta: “El período de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.
Hizo una analogía la reforma parcial que se planteó de la Constitución con un juicio ordinario, en sentido que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos cargos.
“Si el Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado sobre una reforma a la Constitución Política del Estado (CPE), entonces ya hay una sentencia, una declaración constitucional que ha emitido el TC”, sostuvo.
El 21 de febrero, el partido de Gobierno impulsó ya un referendo con la intención de modificar el 168 de la Constitución y posibilitar la reelección de Evo Morales; sin embargo, una mayoría ciudadana rechazó esa intención y se impuso el No.
Pese a la expresión del pueblo, el MAS busca llevar adelante una nueva alternativa para repostular al Mandatario bajo la consigna de que se impuso el No por una serie de mentiras y con el caso de la expareja del Presidente, Gabriela Zapata.
No hay límites
Sin embargo, el magistrado Flores aclaró que el hecho de que se haya realizado el referendo del 21 de febrero no impide que la ciudadanía proponga otras consultas pero “no se puede plantear una nueva consulta, un nuevo proceso con los mismos contenidos de algo que ya se pronunció el TC, que haya sido sometido a un proceso de referéndum”.
“No hay una limitación en cuanto a la posibilidad de presentar reforma a la Constitución, mañana puede haber una iniciativa de reformar el artículo 10 y eso tiene que seguir todo el procedimiento y eso verificar si es por iniciativa ciudadana, legislativa o si se trata de una reforma total”, indicó.
El MAS planteó cuatro vías para la reelección de Evo en las generales de 2019.
La primera es la reforma parcial del artículo 168 de la CPE por iniciativa ciudadana.
La segunda refiere la reforma del mismo artículo pero a través de otros mecanismos con la aprobación de una ley en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) con dos tercios de voto.
La tercera es que renuncie seis meses a la Presidencia. Y una cuarta es que el Tribunal Constitucional (TC) realice una amplia interpretación de la CPE.
FIRMAS, UNA FIGURA ILEGAL
De activarse la iniciativa popular para convocar a referendo destinado a rehabilitar la cuarta candidatura presidencial de Evo Morales, el MAS necesitará reunir 1,3 millones de firmas, equivalente al 20 por ciento del padrón electoral, que según el Tribunal Supremo Electoral consta de 6.502.103 personas que fueron habilitadas para el referendo del 21 de febrero.
El abogado constitucionalista Víctor Hugo Chávez dijo que la cifra no es imposible de conseguir, pero la figura es totalmente ilegal porque no se puede convocar dos veces a un referendo sobre un mismo tema, más aún si el veredicto del 21 de febrero tiene por mandato de la Ley del Régimen Electoral, carácter inmediato, obligatorio y vinculante.
“La reforma parcial sobre el artículo 168 ya ha sido definido y, si optan por la vía popular, deben someterse a un procedimiento pero ya no sobre el mismo tema, por tanto, las cuatro vías anunciadas son malabarismos políticos” dijo al señalar que Evo Morales fue elegido y juró por el período 2015-2020 y si renuncia antes es una decisión que no lo habilita a una candidatura.
DOS CAMINOS
“Para una reforma parcial existen dos vías: una es por iniciativa ciudadana, 20 por ciento ciudadanos inscritos en el padrón promuevan una reforma parcial de la Constitución, también existe la posibilidad de una iniciativa legislativa a través de los legisladores, y la última a propuesta del Ejecutivo, procedimientos que están regulados porque corresponde al Tribunal Constitucional pronunciarse sobre la propuesta de modificación (sobre la constitucionalidad)”, indicó el magistrado Ruddy Flores.