Suman cuestionamientos a la ley del Sistema Penal

País
Publicado el 14/08/2017 a las 4h58
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El proyecto del Código del Sistema Penal Boliviano (CSPB) se debate en la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Departamental, en medio de 60 observaciones a artículos que presuntamente afectan a sectores que tienen relación con actividades económicas, la Policía, entre otros, además de puntos polémicos que se relacionan con temas específicos, como el del aborto y la sumatoria de penas.

Actualmente, el pleno de la Cámara Baja debate el proyecto en su estación en grande y en el transcurso de su consideración surgieron observaciones por parte de los empresarios privados de Bolivia, la fuerza del orden, y anteriormente de colectivos que no estaban de acuerdo con la ampliación de las causales.

El tratamiento del documento, de más de 600 artículos, en Diputados se inició el pasado mes de junio, y se prevé su sanción y promulgación para esta gestión.

Según expertos penales, la futura norma no fue socializada de manera adecuada y se la trabajo de manera hermética, toda vez que el Legislativo presentó el proyecto en diferentes departamentos del país a través de resúmenes, pero no se podía acceder al documento completo para desarrollar los análisis respectivos.

Sin embargo, iniciada la consideración en la Comisión de Constitución de Diputados, en sesiones públicas, se conoció el texto para proceder con su aprobación y remisión respectiva al pleno.

Empresarios afectados

En su oportunidad, la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) observó 31 delitos penales a personerías jurídicas que están siendo incorporados en el Proyecto de Ley del Código del Sistema Penal.

Según el presidente del empresariado nacional, Ronald Nostas, por lo menos 31 tipos penales del nuevo Código de Sistema Penal sancionan y afectan al sector privado. Explicó que cuando se cometen delitos donde están involucradas empresas, corresponde sancionar sólo a las personas que decidieron, ejecutaron o permitieron tales acciones, si forman parte o actúan por cuenta de la entidad, pero no abarca la personería.

Según expertos en la materia, en el nuevo Sistema Penal Boliviano se intenta consolidar la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Desde 2010 en Bolivia ya existe tal situación, pero de manera camuflada dado que apareció esta posibilidad con el delito de “enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado” previsto en la Ley 004 (más conocida como Ley Anticorrupción Marcelo Quiroga Santa Cruz), pese a que el actual Código Penal en vigencia en su artículo 5 establece que la ley penal únicamente se aplica contra personas naturales no así contra personas jurídicas.

Jorge Valda Daza refiere que las sanciones en el CSPB establecen que las mismas pueden aplicarse a personas naturales y jurídicas, y sostiene que es un error conceptual debido a que las personas jurídicas no cometen delitos, incurren en faltas y contravenciones y pueden ser sancionadas en el ámbito administrativo, comercial, económico o societario, pero no cumplen “una pena como tal”.

 

ASPECTOS QUE TOCAN A POLICÍA

A su vez, la Policía Boliviana planteó ante la Comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas observaciones a algo más de 20 artículos que presumiblemente le quitaba competencias.

“La Constitución está siendo violentada. El hecho de emplear algunos términos pretenden disgregar algunas competencias desde el punto de vista institucional”, afirmó en su oportunidad el director de la Felcc, Johnny Aguilera.

Para hacer conocer estas preocupaciones, una comisión de efectivos del orden sostuvieron un encuentro con los asambleístas.

Consultado por Los Tiempos, el comandante general de la Policía, Abel de la Barra, durante la inauguración de la Dirección de Descolonización, respondió de manera escueta que “una comisión trabaja con asambleístas” para analizar las observaciones.

Uno de los artículos cuestionados del proyecto es el referido a que la Unidad de Análisis Criminal dependerá de la Fiscalía General del Estado, presuntamente la Policía tiene a su cargo esa instancia, por lo que se sugiere que ese artículo sea cambiado para que esa repartición siga bajo tuición de la institución verde olivo.

Otro artículo observado establece que en caso de que el policía investigador cometa una falta, el fiscal separará de la investigación al efectivo y lo pondrá a disposición del Comando de la Policía.

 

INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO Y SUMA DE PENAS

Aborto.- Un punto que generó controversia fue la despenalización del aborto en varias circunstancias. Durante las primeras ocho semanas de gestación: por situación económica, cuando la mujer tenga a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores consanguíneos o no, o sea estudiante.

Asimismo, se podrá abortar en cualquier etapa de la gestación: para prevenir la vida y salud de la mujer, se detecten malformaciones fetales, sea consecuencia de reproducción asistida no consentida, sea consecuencia de violación o incesto, o la embarazada sea niña o adolescente.

La Iglesia Católica y otros colectivos ciudadanos se oponen a estas modificaciones. Bolivia era uno de los países latinoamericanos que aceptaba el aborto a causa de violación.

Sumatoria de penas.- Otro aspecto observado, esta vez por el abogado Valda es el “concurso real del delito”. El proyecto establece la sumatoria cuando concurran dos o más acciones u omisiones distintas, determinando que la sumatoria en crímenes y delitos no puede superar los 30 años. Conforme al alcance general del principio de humanidad, se rechaza por cruel toda sanción penal que resulte brutal en sus consecuencias para el sujeto.

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