La producción de justicia
Nuestro punto de partida para la producción de justicia en el Estado Plurinacional es la incredulidad. A pesar de la duda, es nuestro deber interesarnos por el infortunio de aquellos que padecen injusticia, a los que no podemos servir ni evitar que se les infrinja un trato injusto; en consecuencia el reestructurar la justicia tiene un fundamento moral y un actuar ético en tanto búsqueda de justicia social.
Una nueva justicia para los bolivianos tiene que ser juzgada por las acciones más que por las palabras; pero convengamos que el camino elegido por el bloque en el poder no es el óptimo ni es el más factible para la producción de una nueva justicia. No hay manera de producir justicia si no es abandonando nuestra manera propia e interesada de gestionar el poder y de manipular las leyes y, aceptando los puntos de vista de los demás; este enfoque que se llama “justicia como imparcialidad” debe producir justicia a pequeña y gran escala. Producir justicia a pequeña escala (el litigio entre partes) es hablar de justicia dentro de la sociedad; producir justicia a gran escala (darle atribución de independencia a cada uno de los Órganos del Estado) es hablar de justicia dentro del Estado; la idea de limitar el poder no es otra cosa que los controles mutuos, la coordinación y los resultados eficientes al dividir equitativamente el poder en sus Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Un compromiso entre los que están en el poder del Estado y los que estando fuera de él harían lo posible para hacer nuevas leyes y reglamentos para no cometer ni sufrir injusticia, debería ser la esencia de una nueva justicia pactada.
La razón principal por la que partimos de la incredulidad es al mismo tiempo la necesidad de creer en una alternativa de justicia justa y de promover una solución meritoria basada en el pacto político para construir instituciones justas. Sin embargo la aprobación del “Reglamento de Preselección de Candidatos y Candidatas para la Conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Tribunal Agroambiental (TA) y Consejo de la Magistratura (CM)” provoca el primer demérito al no haber acuerdo entre Gobierno y Oposición, en segundo lugar es menos meritorio que los Asambleístas oficialistas aprueben el referido Reglamento unilateralmente sembrando sospechas más allá de los opositores partidizados; en tercer lugar podemos imaginar un poder de negociación débil de los Asambleístas opositores, una posición evaluativa relativa del Sistema de la Universidad Boliviana y, un Gobierno con una propuesta de selección basada en la ventaja de sus dos tercios.
En la estructura del juego (me refiero a la Ley del Órgano Judicial y la Ley del TCP cuya composición es: TSJ 9, TA 7, CM 5, TCP 7) se puede inferir que hay una desigualdad estratégica (los tres Tribunales y el Consejo tienen un peso específico diferenciado) que tendría que concluir en una movida gubernamental que ofrezca concesiones en los tres primeros, pero el MAS no podría hacer concesiones en el TCP porque esto es proporcional a su pérdida progresiva de poder. El próximo paso de la selección es la elección donde la decisión de la Asamblea Legislativa se pondrá en manos del árbitro, los ciudadanos con su voto tendrán la libertad de poner equilibrio a las fuerzas que se desencadenaran e imponer su propio sentido de justicia. No deberíamos sorprendernos que un Padrón Electoral contaminado tuviera efectos distorsionantes sobre la decisión del árbitro; por ahora los jugadores de la reforma judicial lo hacen con el riesgo del desacuerdo y con el desvío de la solución reformadora hacia la reelección personalista que bien podría ser vetada en octubre.
El autor es docente emérito de la UMSA.
Columnas de MARCO ANTONIO SAAVEDRA M.