La ruptura inconstitucional
Los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos, durante la Tercera Cumbre de las Américas que se realizó en abril de 2001 en Quebec, manifestaron que cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del hemisferio es obstáculo insuperable para la participación de dicho Estado en cumbres de las Américas, y, luego, en Reunión Extraordinaria realizada en Lima el 11 de septiembre de ese mismo año suscribieron un acuerdo que se conoce como “Carta Democrática Interamericana”, mediante el cual, en su artículo 21, expresaron:
“Cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constata que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado miembro del ejercicio de sus derechos de participación en la OEA con el voto afirmativo de dos tercios de sus miembros”.
En la indicada Carta Democrática Interamericana se declaró que tan radical sanción es inevitable “porque el ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base de la solidaridad y cooperación de los Estados Americanos”.
Desde el año 2017, representantes de organizaciones políticas y dos ciudadanos que anteriormente fueron defensores del pueblo, se dirigieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA dando a conocer que los gobernantes de nuestro país, después de haber intentado sin éxito mediante referéndum modificar la regla constitucional que declara que el Presidente y el Vicepresidente de la República pueden ser reelectos por una sola vez de manera continua, procedieron a la ruptura del orden democrático al presentarse, en contra de tal regla constitucional, como candidatos a esas funciones en el acto electoral convocado para el mes de octubre del presente año 2019.
“…El ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base de la solidaridad y cooperación de los Estados americanos”.
Esa información, además de requerir pronunciamiento de carácter jurídico, sin duda ha inducido a la OEA a iniciar gestiones diplomáticas ante los gobernantes de nuestro Estado para que rectifiquen su inconstitucional decisión. Es posible que no se tenga hasta este momento noticia alguna de las exhortaciones emitidas en ese sentido. Los portavoces de la OEA, cuando consideren llegado el momento, harán llegar al respecto la correspondiente información.
El autor es abogado
Columnas de JOSÉ LUIS BAPTISTA MORALES