Magistrados del TCP incurren en incumplimiento de deberes y otros
Abogados constitucionalistas consideran que los vocales del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) podrían ser pasibles a procesos por incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, colusión, entre otros, debido a la forma en que cumplieron su trabajo respecto al pedido de nulidad de la sentencia 084/2017, que avaló la repostulación de Evo Morales, además de otras demandas planteadas sobre el tema.
Nuevamente, el TCP se encuentra en el ojo de la tormenta por su dudosa forma de actuar en la resolución de diferentes demandas planteadas ante esta instancia, considerada como contralor y garantista de la Constitución Política del Estado (CPE).
Reflota la duda sobre su accionar, al salir a luz que el TCP rechazó un pedido de nulidad de la Sentencia Constitucional Plurinacional 084/2017, que avalaba la repostulación de autoridades electas, casi dos años después.
El recurso fue presentado por un equipo de abogados en 2019, pero la resolución se conoció el martes 21 de abril pasado, pese a que habría sido emitida el 24 de diciembre de 2019. Los demandantes fueron notificados recién, pese a los constantes pedidos de un pronunciamiento que hicieron a los magistrados.
“No solamente se está actuando con dilación y de manera rara en este caso, sino también en la acción de inconstitucionalidad planteada por el PGE 2021 que elimina la Carrera del Funcionario Público, entre otras”, señala Williams Bascopé, que fue parte en la presentación de solicitud de nulidad.
Para el constitucionalista José Luis Santistevan, el trabajo del TCP es más caótico, toda vez que ha “perforado en varias oportunidades la CPE”.
“El TCP ha perdido toda condición de autonomía en su actuación y se ha convertido en un brazo operativo del poder político. El TCP no está cumpliendo los plazos, no cumple los procedimientos y lo hace obviamente con beneficio de inventario. Cuando se demanda al Gobierno, no procede, no prosperan las demandas contra leyes y decretos. A partir de ahí, el TCP es un órgano cooptado por el poder político”, sostiene.
Comisión de delitos
De acuerdo con los juristas, el accionar de los miembros del TCP se circunscribe en varios delitos, por los que tendrían que ser procesados en el Legislativo y de ahí en la justicia ordinaria, en cumplimiento a la Ley 044.
Incurren en incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la CPE y las leyes. Además que hay una colusión: cuando el poder político está dirigiendo sus fallos, son vinculados al poder político, coinciden en parte los constitucionalistas Bascopé y Santistevan.
Sin embargo, señalan que cualquier demanda que se plantee contra los magistrados del TCP quedará en nada debido a que existe una estructura de proteccionismo. El poder político los protege para que ellos actúen y no prospere ningún juicio contra ellos, indicaron.