Califican como “vergonzoso” el fallo del TCP que favorece a Evo

País
Publicado el 18/03/2022 a las 2h16
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Constitucionalistas y políticos representantes de la oposición consideran al fallo del Tribunal Constitucional (TCP), que declara inconstitucional la inhabilitación de Evo Morales como candidato a senador en 2020 y determina el pago de indemnización al expresidente, como un vergonzoso acto de sumisión de la justicia no sólo a un partido político y al Gobierno, sino a un caudillo que no tiene nada que ver con la gestión pública.

Califican también como “sin precedentes” y “excesivamente magnánimo” que el TCP defina otorgar una indemnización a Morales cuando en otras circunstancias en que los damnificados son mujeres, niños, comunidades indígenas y otros sectores vulnerables, nunca fue tan lejos.

En otros casos, determinó reparar daños psicológicos y de otra índole, y dejó para otras instancias decidir si correspondía o no un resarcimiento económico.

Además del sometimiento del TCP al Gobierno, cuestionan también su falta de transparencia al ocultar y no difundir fallos importantes como el que favorece a Morales. Aseguran que el documento se filtró por las pugnas internas que existen en el MAS.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió una sentencia el 7 de mayo de 2021, que recién publicó ayer, por la cual concluye que Morales no debió ser inhabilitado para candidatos a senador, ya que tenía la condición de refugiado político, y además ordena la indemnización económica por daños civiles y judiciales.

“Conceder la tutela impetrada, disponiendo la nulidad de la Resolución Jurisdiccional 010/2020 de 20 febrero, dictada por el Tribunal Supremo Electoral, con la reparación integral a los derechos conculcados de Juan Evo Morales Ayma”, refiere en parte la sentencia constitucional 087/2021.

El fallo considera como parámetro para la indemnización los gastos judiciales, así como el lucro cesante y daño emergente ocasionados por las autoridades demandadas, a consecuencia de la indebida e ilegal restricción de los derechos señalados en este fallo constitucional”.

Para el abogado constitucionalista César Cabrera, este fallo es un acto de sumisión política al Órgano Ejecutivo. “Cuando su verdadero rol es el de contrapoder, es decir, de controlar los excesos del poder político de los cuatro órganos del Estado, nuevamente nos hacen una demostración de sometimiento a los designios y mandatos de otros poderes, es vergonzoso”, concluyó.

Rechazo

Para Centa Rek, senadora de Creemos, este fallo se ha filtrado por las pugnas internas que existen en el MAS. “Nuestras instituciones no transparentan su sentencia y las mantiene ocultas”, dijo.

La legisladora agregó que causa alarma en el país el hecho de que la justicia esté sometida a un poder político.

El diputado por Comunidad Ciudadana Alejandro Reyes mostró su indignación por el fallo favorable a Morales y criticó que “los que ocasionaron la ruptura constitucional ahora deben ser premiados o indemnizados, es la muestra más clara del sometimiento que tienen nuestras instituciones a una persona que ni siquiera ocupa un cargo público”.

Para el abogado Cabrera, “estamos ante la ratificación de la podredumbre que existe en la justicia boliviana”.

El también abogado constitucionalista Marco Valdivieso dijo que es un fallo que establece la dependencia del TCP y el sistema de justicia al poder de turno. “No era justo que la persona (Evo) que fue el principal responsable de la violencia generada en la crisis de 2019 quiera ser candidato”.

El TSJ de La Paz definirá monto de indemnización

El presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional, Paul Franco, informó ayer que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Supremo de Justicia de La Paz deberá cuantificar la indemnización a favor de Evo Morales por su inhabilitación como candidato a senador para las elecciones generales de 2020.

“La sentencia ha determinado que, en el marco que estatuye nuestra normativa, debe ser la sala constitucional que conoció en primer grado la acción”, dijo Franco ante la consulta del monto que se debe resarcir al expresidente.

El 7 de septiembre de 2020, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Supremo de Justicia de La Paz ratificó la inhabilitación de Evo Morales como candidato para las elecciones generales del 18 de octubre, luego de que el Tribunal Supremo Electoral anuló esa postulación en febrero de ese año.

Franco dijo que la misma sala constitucional deberá determinar los responsables de haber ocasionado el “daño” al expresidente. “Por ende, la sala ha de abrir un proceso para determinar los grados de responsabilidad y los montos”, agregó.

Franco informó sobre otra sentencia constitucional que emitieron y que determina que las personas que acrediten asilo o refugio político no pueden ser inhabilitadas como candidatos, ya que salir del país no fue por voluntad propia, sino por considerar que estaban en peligro.

Indemnización para otros políticos

La Sentencia Constitucional 087/ 2021-S4 de la Sala Cuarta Especializada ordena a la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz indemnizar al expresidente Evo Morales por haber sido inhabilitado como candidato a senador en las elecciones de 2020; sin embargo, al ser retroactivo el fallo, los exprefectos de Beni y Tarija, Ernesto Suárez y Mario Cossío, al igual que los exlegisladores Rebeca Delgado, Eduardo Maldonado y otros, pueden demandar una indemnización, porque se vulneró sus derechos constitucionales. El constitucionalista Israel Quino explicó que el alcance de la sentencia no sólo es para Morales.

Favores a Morales no llegan a niños ni indígenas

Marco Valdivieso, abogado constitucionalista, observa que el Tribunal Constitucional, en su fallo favorable a Evo Morales, además de reparar su derecho político, se preocupa “magnánimamente” de buscar su resarcimiento económico cuando en otros casos, más delicados y urgentes, nunca lo ha hecho.

“Durante mi ejercicio como magistrado en el Tribunal Constitucional, no he visto que el TCP se haya detenido minuciosamente para establecer la reparación a la víctima. Se hace una evaluación de los tipos de daños y reparación a la víctima, ya sea moral, material o psicológica”, explicó Valdivieso.

Agregó que la reparación económica se da cuando las vulneraciones han dañado no sólo la dignidad de la víctima como ser humano, sino también derechos esenciales como la vida o la salud. En el caso de Morales, es un derecho político.

“Quien debería tener esa potestad de establecer qué tipo de daños y la forma de reparación es el Tribunal de Garantías Constitucionales”, dijo.

Para Valdivieso, la sentencia hila demasiado fino, “establece la existencia de daño emergente y lucro cesante, que son dineros que el Estado va a tener que gastar de los impuestos de los bolivianos”.

El constitucionalista cuestiona que se da a Morales un favorecimiento que no se da otras víctimas, por ejemplo de “desapariciones forzada, gente que ha perdido a sus familiares, víctimas de salud, niños, indígenas y adultos mayores. Ni siquiera en esos casos he visto sentencias constitucionales que estén tan predispuestas a la reparación integral”, concluyó.

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