Consejo de la Magistratura instruye cierre de gestión
Con el fin de concluir sus labores el 31 de diciembre, el Consejo de la Magistratura instruyó con el cierre de gestión y la elaboración de informes en todas las direcciones distritales.
“Hemos dado la instrucción a todas las direcciones departamentales, a los distritales del consejo tres labores fundamentales que se están cumpliendo a cabalidad: inventariar la documentación, el normal desarrollo de procesos que se están desarrollando e informes de gestión como señala la Ley 025”, informó el presidente del Consejo de la Magistratura, Marvin Molina.
En 2017 se desarrollaron las elecciones judiciales donde se eligieron a 52 representantes para el Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). La Constitución Política del Estado (CPE) estable que el mandato de los magistrados es por seis años, mismo que concluye el 31 de diciembre de este año.
Molina evitó referirse sobre una posible ampliación de mandato a través de una ley corta, tal como se perfila en la Asamblea Legislativa con el fin de no generar un vacío judicial a partir del 2 de enero de 2024, aseguró que ese es un trabajo de la Asamblea Legislativa.
“No quiero entrar en especulaciones, lo cierto y evidente es que nuestra gestión termina el 31 de diciembre, en este momento eso es lo que estamos haciendo", enfatizó.
Sin embargo, “como abogado y ciudadano”, advirtió que mientras se generen proyectos de ley con vicios de inconstitucionalidad para cubrir las acefalías de autoridades judiciales, no tendrán éxito.
“Lo único que puedo decir, como abogado y ciudadano, mientras más proyectos tengan vicios de constitucionalidad es menos probable que tengan éxito”, señaló.
El proceso de preselección de candidatos fue suspendido en abril tras un dictamen de una sala constitucional del Beni. Posteriormente se reanudó, pero fue truncado por segunda vez por un recurso que presentó un legislador de oposición ante el Tribunal Constitucional Plurinacional y, el 31 de julio, puso en fojas cero el proceso bajo el argumento de la necesidad de una ley, no una resolución, para la magnitud de las elecciones. Por “conexitud”, también abrogó la Ley 1513, con la que se pretendía reencaminar los comicios.
El 6 de septiembre, la comisión de Constitución de Diputados remitió en consulta al TSJ el proyecto de Ley aprobado en el Senado el 31 de agosto, luego esa instancia judicial decidió tramitar la consulta previa ante el TCP para descartar si es contrario a la Carta Magna. hasta el momento no hay una respuesta por parte del TCP.