TSE acepta fallo que veta a Evo a postular a los comicios de 2025
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Oscar Hassenteufel, adelantó que el Órgano Electoral acatará la Sentencia Constitucional 1010/2023, de diciembre del año pasado, que establece que la reelección presidencial indefinida no existe y no es un derecho humano.
“Yo me quedo con la sentencia 1010, que efectivamente hay que acatar porque proviene de un tribunal legítimo, de unos magistrados legítimos y esa es una sentencia totalmente válida”, declaró el presidente del TSE, al medio Brújula Digital.
La decisión del TCP señala que el presidente y el vicepresidente en Bolivia “sólo pueden ejercer su mandato por dos periodos continuos o discontinuos”.
La semana pasada, la Sala Cuarta del TCP emitió el Auto Constitucional 0083/2024-ECA, que complementa la Sentencia Constitucional 1010 y declara que el periodo de mandato de las autoridades electas de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial serán “únicamente” por dos periodos, sean estos continuos o discontinuos, sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato.
Pero, además, complementa el fallo y extiende la prohibición “absoluta” al presidente de ingresar al mismo cargo, mediante las otras formas de acceso contenidas de los artículos 170 y 171 de la Constitución Política del Estado. “Ninguna autoridad electa que hubiera superado dos candidaturas anteriores podrá candidatear y menos ejercer los cargos” de vicepresidente o presidente de las Asamblea Legislativa, de presidente del Senado ni de Diputados.
“En realidad, el tema de fondo ya fue resuelto con la sentencia 1010, que incluso fue dictada cuando no había ningún motivo de tacha contra los magistrados del tribunal. Es decir, en ese momento estaban dentro de su periodo de mandato”, explicó.