Corrupción en la justicia
El tema de la corrupción es el cuarto de los previstos para tratar en el evento que, a nivel nacional, se realizará en junio para reformar el sistema de administración de justicia. Para búsqueda de una solución a ese mal, se puede partir del siguiente diagnóstico:
Es sin duda el de la corrupción un factor que incide de modo preponderante en la crisis judicial. Consiste en el hecho de valerse de las atribuciones emergentes del ejercicio de la función pública para obtener ingresos ilegales. Ese comportamiento, junto con diversas actuaciones del mismo carácter, figura en el Código Penal entre los delitos cometidos por funcionarios públicos.
La función judicial se destaca entre todas las otras por su rol primordial de decidir quién tiene la razón en un litigio. El buen funcionamiento de la justicia depende, no de la leyes, sino de las personas a quienes se confió la responsabilidad de administrar justicia. Esas personas deben ser modelos de probidad y honestidad.
Resulta indigno que esas personas cometan actos delictivos. La corrupción en la justicia es percibida por la ciudadanía no solamente respecto a jueces y magistrados, sino con referencia a funcionarios subalternos. En efecto, se puede clasificar la corrupción en el ramo judicial como una de rango menor y otra mayor. La primera de ellas es la acción de auxiliares que cobran algunas sumas de dinero para hacer “favores” con destino a la aceleración o demora de diligencias, el paso a despacho del juez de expedientes alterando el turno estricto, el informe a una de las partes de lo presentado por la otra, desaparición de legajos, etc. La segunda, de connotación eminentemente delictiva, tiene como expresión principal el prevaricato, cuya esencia es la emisión a sabiendas de resoluciones injustas en atención a soborno, pero no proviene únicamente de ese hecho sino que se origina también en sumisión a los políticos.
Papel coadyuvante de la corrupción de jueces es el desempeñado por algunos abogados que, con el criterio de que deben ganar los pleitos a cualquier precio, sobornan a los jueces. A lo cual se suma el ocultar pruebas documentales, presentar las de falso testimonio mediante la contratación de perjuros por precio, y, en las causas penales, dilatar a propósito las actuaciones para el logro de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, mediante recusaciones, incidentes de toda naturaleza, apelaciones y recursos de alzada y de casación; todo ello sin fundamento alguno.
Los hechos de ese carácter contribuyen en gran medida a la emisión de sentencias injustas por defectuosa valoración de pruebas, sea involuntariamente por error comprensible, o por mala fe como consecuencia de soborno. Se sabe que existen asociaciones clandestinas de jueces y abogados para lucro en partes iguales, y hay abogados que se apoyan en las vulnerabilidades personales de jueces y magistrados para ejercer presión sobre su conducta funcional. Muchos no perciben actitudes de abogados que sin duda inducen a la corrupción de jueces, que son los padrinazgos, agasajos, regalos navideños y otros de igual condición tolerados por la práctica.
El autor es abogado.
Columnas de JOSÉ LUIS BAPTISTA MORALES




















