Promulgarán la Ley de Régimen Electoral
La Paz |
El pleno de la Cámara de Senadores concluyó, este martes, el tratamiento de la Ley de Régimen Electoral, la tercera Ley Orgánica de las cinco que la Constitución que se debe aprobar hasta el 22 de julio. La norma no modificó los siete escaños indígenas, a pesar del pedido de los pueblos originarios.
"La Cámara de Senadores ha acogido las modificaciones efectuadas en la Cámara de Diputados al proyecto de Ley de Régimen Electoral y las mismas han sido aprobadas, por lo tanto estamos hablando de un proyecto de ley que ha sido aprobado y sancionado", dijo el presidente de la Comisión de Constitución en la Cámara Alta, Eduardo Maldonado.
El asambleísta aseguró que el documento será enviado al órgano ejecutivo para su promulgación en las próximas horas y que ésta sería la tercera norma de las cinco leyes que se espera aprobar antes de los plazos que da la Constitución Política del Estado.
Maldonado también aseguró que se tratará este martes el proyecto de Ley del Tribunal Constitucional en su estación en grande y detalle si es que el tiempo lo permite para tener lista la cuarta norma dejando el tratamiento de la quinta norma que se trata de la Ley Marco de Autonomías que podría ingresar este miércoles a una comisión mixta que se encargará de tratarla.
La Ley 050 del Régimen Electoral consta de 166 artículos y nueve disposiciones transitorias de las cuales se modificó, según Maldonado, los artículos 23 parágrafo 4to, 50 parágrafos 2do y 4to inciso C, 65 inciso e, 68, 89 y 192 en sus parágrafos 1 y 2, además de la inclusión de las disposiciones transitorias octava y novena.
La Cámara de Diputados modificó seis artículos e incluyó dos disposiciones transitorias a la Ley de Régimen Electoral, después de llegar a un acuerdo con asambleístas indígenas de las tierras bajas siendo la modificación más importante la referida en la disposición transitoria octava que habla de las circunscripciones especiales y que dice que luego del Censo Nacional de Población y Vivienda de 2011, la Asamblea Legislativa Plurinacional reasignará mediante ley los escaños correspondientes a las circunscripciones uninominales, plurinominales y especiales indígena originaria campesinas.