Hablemos en serio de una reforma penal en Bolivia
Ahora que pasó la discusión sobre la necesidad de derogar o abrogar la Ley del Sistema Penal en el país, es momento de entrar al tema de fondo en Bolivia. No se trata de justificar la reforma o rechazarla amparándonos en que es una imposición política o en el hecho que traía consigo una serie de afectaciones y falta de precisiones jurídicas en su redacción, ni tampoco pretender justificarla generando un falso debate sobre la pertinencia o no de una reforma por el paso del tiempo, de lo que se trata en el fondo es de plantear un debate a la altura de las necesidades procesales penales en Bolivia, desde la sociedad civil y lógicamente desde el marco de actuación de los Derechos Humanos en la temática.
Como en nuestro país estamos acostumbrados a tratar de eliminar la pobreza por decreto, en el caso de la reforma penal los legisladores pretendieron encontrar la panacea penal en la promulgación de la Ley del Sistema Penal Boliviano, sin embargo se encontraron con varios sectores que les hicieron frente con y sin argumentos jurídico-doctrinales, lógicamente no faltaron los oportunistas políticos que se quisieron subir el tren de esta lucha y lograron sacar cierto rédito también de carácter político. A pesar de ello, el logro más importante de esta pugna fue poner en la mesa de discusión la temática desde la óptica de los Derechos Humanos, pues la punta de lanza de absolutamente todas las discusiones era la afectación o la falta de garantía de ciertos derechos, logrando de este modo que se derogue el código sin haber entrado en plena vigencia, pero además abriendo el debate a varios sectores de la población que seguramente estaremos participando activamente en el mismo por lo menos los siguientes dos o tres años.
De lo que se trata es de hablar de la creación de una Política Criminal en Bolivia reconociendo que actualmente no existe y la necesidad de diseñar una política a medida de nuestra realidad. Por tanto hablar en serio del tema implica tener por lo menos tres niveles de análisis, el primero de orden teórico-doctrinal, el segundo meramente empírico y el tercero implica encontrar el medidor exacto para el abordaje de la temática.
El nivel de análisis teórico-doctrinal sobre la construcción de una Política Criminal obliga a tomar en cuenta diferentes elementos, el primero relacionado a que deben definirse como una política de Estado y no una política de gobierno, obligando a que haya una intervención multi e intersectorial de las instituciones públicas pero con un alto criterio científico. Un segundo elemento es su vinculación con el desarrollo del país y por tanto con el resto de políticas nacionales, generando la necesidad de ampliar el debate a otros actores sociales fuera de aquellos que encontramos en el sistema de justicia penal y por tanto la intervención de otras profesiones fuera de las jurídico penales.
El nivel de análisis empírico es el vinculado a la necesidad de investigar las temáticas conexas, pues contemporáneamente no se puede concebir la idea de crear una política criminal que no esté sustentada en un fuerte respaldo empírico, dicho de otra manera, es un requisito inexcusable la necesidad de desarrollar amplios estudios criminológicos y fenomenológicos a acerca de las condiciones de comisión de delitos en el país para así comprender su relación con el desarrollo y generar una política criminal adecuada a la realidad de Bolivia, en tal sentido se deberá tomar especial atención a las causas del delito y los efectos de las penas.
Finalmente el último nivel de análisis abarca la óptica con la cual se debe diseñar una política criminal, este probablemente es el medidor necesario para equilibrar el uso y el abuso del poder del Estado contra los individuos en materia penal, por ello este medidor tiene que ser el enfoque de derechos humanos que debiera funcionar como un barómetro que alerte sobre cualquier tipo de exceso que afecte a uno o varios individuos, siendo un instrumento que permita revelar afectaciones a los derechos y libertades que en última instancia son afectaciones al mismo estado de derecho y por tanto requieren herramientas de contra poder que la misma política criminal debiera proporcionar a la ciudadanía.
Especialista en DD.HH.
Columnas de RODRIGO A. GAZAUHI ESPINOZA