Zurita sigue cautelado por “haber sido comandante”
La vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia, Silvia Clara Zurita Aguilar, en la resolución de audiencia de apelación del caso Huayllani, interpuesta por la defensa del excomandante departamental de la Policía Jaime Zurita Trjillo, el Ministerio Público y las víctimas, en su argumentación principal explicó que la única probabilidad de autoría acreditada por el Ministerio Público es que Zurita haya sido comandante departamental en 2019.
Pese a no haber encontrado mayores elementos para que el exjefe policial continúe con medidas sustitutivas, la jueza refirió que Zurita no puede defenderse en libertad, pero alivió dos medidas que debe cumplir. Ahora debe presentarse una vez al mes a la Fiscalía para firmar, y la fianza redujo de 200 mil a 50 mil bolivianos.
Sin apelaciones
Esta determinación no fue apelada por la defensa de las víctimas, tampoco por los representantes del Ministerio Público, quienes ya no realizaron ninguna intervención tras la lectura de resolución.
La audiencia de apelación a las medidas cautelares se desarrolló ayer, vía plataforma virtual. Ésta fue reprogramada en dos ocasiones: la primera, porque el representante legal de las víctimas se desconectó del sistema sin previo argumento, y la segunda vez, porque el computador asignado a la jueza no logró conectarse a la plataforma.
“Declaro improcedente la apelación de la Fiscalía y las víctimas y procedente en parte la solicitud del imputado”, aclaró la vocal.
Tras evaluar la participación de los fiscales de Materia de Sacaba, asignados al caso, la jueza descalificó varios elementos presentados y argumentados, ya que los elementos presentados no logran demostrar la probabilidad de autoría del exjefe policial.
Riesgo de fuga
Durante la audiencia de apelación, los representantes del Ministerio Público no lograron acreditar el peligro de obstaculización, y los argumentos utilizados fueron observados por la vocal.
“El peligro de fuga y obstaculización debe emerger de información precisa y circunstancial”, dijo.
La participación de los dos testigos sugeridos por la defensa de las víctimas en la audiencia cautelar de Jaime Zurita también fue desacreditada por la vocal, ya que éstos no lograron demostrar ningún riesgo para el proceso.
“La declaración de los testigos en la que relatan que se les secuestraron celulares por órdenes del coronel Zurita no se adecua a amenazas a testigos y peritos”, refiere la resolución.
La representante de la Sala Penal cuarta advirtió que no existe ningún objeto que avale que el excomandante haya dado la orden de secuestro de celulares, tampoco existe una prueba que demuestre la existencia de los “celulares secuestrados”.
“Además, es importante aclarar que, según los documentos presentados por la defensa del imputado, éste pasó a reserva activa, por lo que ya no está a cargo de ninguna unidad policial y no puede influir en subalternos”, manifestó.
“Testigos” son investigados
Los dos testigos ofrecidos ayer durante la audiencia de medidas cautelares del excomandante departamental de la Policía Jaime Zurita son investigados por portación ilegal de armas de fuego. Dentro de este proceso, ambos ya fueron acusados por el Ministerio Público.
Pese al proceso penal que se sigue en contra de los “testigos”, el representante legal de las víctimas de Huayllani solicitó al Ministerio Público que se convoque a declarar formalmente a Ignacio Acebo en calidad de testigo, para formalizar la declaración realizada en febrero de 2021, en audiencia cautelar.