Juicio de Leyes por caso Comidas se posterga; Mochilas 1 es mañana
El juicio oral del exalcalde de Cochabamba José María Leyes por el caso “Comidas” fue reprogramado para el 30 de noviembre porque “el Juzgado de Sentencia Penal N° 10 se encuentra sin juez”, según un comunicado del Tribunal Departamental de Justicia.
Pero el juicio oral por el caso Mochilas 1 contra la exautoridad municipal, que fue también reprogramado para mañana, lunes 19 de julio a las 8:30, sigue en pie. Sin embargo, existe la posibilidad de que este quede suspendido al igual que el caso Cámaras, porque uno de los imputados, el exsecretario de Finanzas Diego Moreno, permanece prófugo, informó el secretario de Asuntos Jurídicos del municipio, Orlando Vargas.
“Nos han notificado con la suspensión del juicio, en el caso Comidas. En el caso Mochilas 1, que también tenemos programado para este lunes, está pendiente de que el señor (Diego) Moreno se presente para la audiencia de juicio oral, lo cual es dudoso porque sabemos que está en el exterior. Lo más seguro es que se lo declare rebelde y será otro elemento para que se suspenda la misma”, dijo Vargas.
El caso Comidas se investiga tras la denuncia hecha por los concejales Celima Torrico, Edwin Jiménez y Carlos Coca, debido a que, durante la pandemia de 2020, observaron que Leyes contrató, para la provisión de comida de policías y militares, a la empresa Bunker por 488 mil bolivianos, sin que la misma cuente con el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), un requisito para este tipo de compras.
En cambio, el caso Mochilas 1 fue denunciado por la exconcejala del Movimiento al Socialismo (MAS) Roció Molina, en abril de 2018, tras hallar presuntas irregularidades en el proceso de adjudicación de las mochilas escolares.
La exautoridad edil debe enfrentar otros 16 procesos por presuntas irregularidades que se cometieron durante su gestión.
LOS CASOS MOCHILAS IRÁN POR SEPARADO
La jueza Anticorrupción y de Violencia Contra la Mujer N° 2, Elena Veizaga, determinó el viernes anular la resolución de acumulación por conexitud los procesos denominados Mochilas 1 y Mochilas 2, por tanto, los procesos podrán continuar por separado.
El argumento “no se puede hablar de conexitud cuando los hechos son diferentes en cuanto, al Documento Base de Contratación, los términos de referencia, la comisión calificadora, los proponentes, la empresa adjudicada, las modalidades, la cuantía, la garantía, el anticipo, con objetivos y causas distintas, suscitadas en diferentes momentos y fechas, entre otros aspectos, son diferentes”, señala la nota de prensa del Tribunal Departamental de Justicia.