MAS impugna la CPE para repostular a Evo
LOS TIEMPOS y AGENCIAS
El Movimiento Al Socialismo (MAS) finalmente concretó ayer una de las vías que barajaba para lograr la respostulación del presidente Evo Morales en 2019.
Una comitiva de legisladores oficialistas presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en Sucre, un recurso para declarar la inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley de Régimen Electoral y la inaplicabilidad de cuatro artículos de la misma Constitución Política del Estado (CPE).
El diputado David Ramos y el senador Milton Barón, ambos del MAS, declararon tras la presentación del documento, que los artículos observados vulneran el derecho de toda persona de elegir y ser elegido, tal como lo establecen los artículos 28 y 29, de la CPE, además del Pacto de San José de Costa Rica.
El expresidente del Colegio Nacional de Abogados César Cabrera explicó que los artículos observados complementan pero no contradicen el derecho de elegir y ser elegido, además de que la CPE fue aprobada por la mayoría de los bolivianos en un referendo.
Si el TCP falla a favor del recurso, también se favorecería al Vicepresidente y otras autoridades subnacionales.
Los artículos observados por los legisladores oficialistas son el 52, numeral III; 64, inciso d; 65, inciso b; 71, inciso c, y 72, inciso b, de la Ley 26 del Régimen Electoral, y los artículos 156, 168, 285 (parágrafo segundo) y 288 de la CPE. Estos artículos, según el caso, establecen que el Presidente, Vicepresidente, gobernadores, alcaldes y legisladores pueden ser elegidos por un período constitucional de cinco años, además de tener derecho a una reelección.
Por ello, según los legisladores, el pedido no es sólo para buscar la reelección de Morales, sino también de todas las autoridades de menor rango. Además, el pedido no sería sólo de los oficialistas, pues a él se suman los diputados Víctor Gutiérrez y Santos Paredes, ambos de Unidad Demócrata (UD), pero muy cercanos al MAS.
La senadora Nélida Sifuente (MAS) y el diputado Elmar Callejas (MAS), entre otros, acompañaron a la comitiva.
Según los legisladores, los artículos 1.1, 23, 24 y 29 del Pacto de San José de Costa Rica hablan de que toda persona tiene el derecho humano de elegir y ser elegido “cuantas veces el pueblo así lo decida”. “El artículo 256 de la Constitución establece que cuando hay derechos humanos más favorables en los pactos y en las convenciones internacionales, (éstas) gozan de preferente aplicación en relación a las leyes de los países o a sus constituciones políticas del Estado”, dijo Barón.
Consultados por los periodistas en qué quedaba el referendo del pasado 21 de febrero de 2016, en el que el 51 por ciento votó por la no reelección de Morales, los legisladores coincidieron en señalar que ése fue un “empate técnico”, basado “en una mentira”.
El congreso del MAS, en diciembre de 2016, barajó cuatro opciones para habilitar al Presidente en 2019: una interpretación del TCP (la que finalmente se presentó ayer), la renuncia anticipada del Jefe de Estado (para forzar una interpretación de que no habría reelección consecutiva), un nuevo referendo y una reforma de la Constitución en el Legislativo.
Esta misma argucia legal fue aplicada ya en por la gestión de Daniel Ortega en Nicaragua para posibilitar su reelección. Otros países como Colombia y Guatemala la rechazaron, explica el abogado constitucionalista César Cabrera.
“Caos legal”
Si el recurso prospera, ¿significa que entrará en vigencia la reelección indefinida?, fue la pregunta que un periodista de Correo del Sur hizo a los legisladores, quienes, sin embargo, se negaron a responder a la pregunta de manera directa.
Barón se limitó a decir que ello permitirá que las actuales autoridades se constituirán en una opción electoral y que será la población la que tomará la decisión en las urnas.
Para Cabrera, en tanto, éste sería un mal precedente porque afectaría el Estado de derecho y atentaría contra la igualdad, entendida en el derecho de elecciones periódicas. Además, no existe la figura de inaplicabilidad.
LO QUE HACEN ES POLÍTICO E INCONSTITUCIONAL
El abogado constitucionalista y expresidente del Colegio Nacional de Abogados César Cabrera, consultado por este medio, dijo que en ningún momento los artículos observados por los legisladores masistas contradicen el derecho de elegir y ser elegido, establecidos en la Constitución y en el Pacto de San José de Costa Rica. Sólo se complementan.
El diputado Milton Barrón dijo que el artículo 23 de la Convención Internacional establece que toda persona tiene derecho a ser elegida “cuantas veces el pueblo lo decida”. En realidad, el artículo 23 inciso b) de dicho pacto dice que textualmente que todos los ciudadanos tienen derecho
b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y
c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. El punto 2 del mismo artículo explica que la ley puede reglamentar estos derechos.
“Esta convención habla claramente de elecciones periódicas. En Bolivia se ha establecido que esta periodicidad, por voluntad del soberano, sea de cinco años y con una posibilidad única de reelección inmediata”, explicó Cabrera.
Este enunciado coincide también con el artículo 25 inciso b) del pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que dice que todos los ciudadanos gozan del derecho de ser elegidas en elecciones periódicas.
Por ello, según Cabrera, el TCP debería declarar la coherencia y constitucionalidad de los artículos observados y cerrar el caso. Sin embargo, también admitió la posibilidad de que el actual TCP falle a favor del pedido considerando su sumisión al oficialismo.