Privilegios por género
Un grupo de mujeres de la bancada de Unidad Nacional (UN) ha presentado un proyecto de ley que exige la paridad y alternancia en la cabeza del Órgano Ejecutivo. Ese proyecto de ley pretende cambiar la Ley del Régimen Electoral y que se aplique paridad y alternancia al binomio presidencial hombre/mujer. Esta normativa es absurda por los efectos de la misma ley. Consideremos: ¿Qué pasa si un hombre se considera a sí mismo como mujer? ¿Esta ley no estaría discriminando a los transexuales e intersexuales? ¿Cuáles serán los parámetros para observar quién es hombre y quién es mujer? ¿Serán los parámetros objetivos biológicos anatómicos o los parámetros de autoidentificación subjetiva de género?
Durante este gobierno, se modificó el Código Penal estableciéndose un nuevo delito denominado “feminicidio”, que establece que existen homicidios por motivo de género, habiéndose tenido ya el delito de homicidio que ya tipificaba universalmente: “el que matare a otro”.
Ahora, se pretende aumentar las causales para permitir el aborto, que no es otra cosa que homicidio, si observamos su tipificación: “el que matare a otro”, pero se quiere dar trato diferente e impunidad a quien cometa este tipo de homicidios, por motivos ideológicos.
En el Código Penal, se establece que comete violación: “Quien empleando violencia física o intimidación, tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo”, pero, se quiere tipificar la violación dentro del matrimonio, existiendo ya la tipificación del delito de violación y la facilidad del nuevo procedimiento de divorcio, esto por motivos ideológicos.
Mientras el colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT) de adultos mayores pide trabajo, vivienda y otros beneficios sociales al gobierno, ahora resulta que los abuelos LGBT quieren que el Estado les dé vivienda, trabajo y se les reconozca como tercera edad desde los 45-50 años, sólo por ser gays viejos, mientras que los heterosexuales deben trabajar hasta casi los 65-70 años, para jubilarse. ¿Por qué ese privilegio?
Estos cambios legislativos violan el principio de neutralidad del Estado y el principio de Igualdad de todos ante la ley, para imponer una igualdad de todos mediante la ley, que es diferente. Los dos principios no reconocen discriminación alguna por sexo, género y edad; mientras que la ideología de género pretende que la ley discrimine a su favor y otorgue privilegios, es decir, se otorguen ventajas especiales o una exención de una obligación que disfruta alguien por la concesión de la ley.
El autor es representante del Instituto Libertad, Capitalismo y Empresa (ILCE).
Columnas de LUIS CHRISTIAN RIVAS SALAZAR