Carta de la directora de la UIF
Señora
María Renée Canelas de la Reza
Directora
PERIÓDICO LOS TIEMPOS
Cochabamba.-
En fecha 27 de octubre de 2021, el periódico a su cargo publicó en su Editorial la nota titulada “El conflicto inminente por la Ley 1386”.misma que contiene información falsa y tendenciosa toda vez que:
Al afirmar que la Ley Nº 1386 “(…) entre otros aspectos, otorga a la UIF atribuciones contrarias a los derechos ciudadanos”. Se estaría faltando a la verdad, ya que en todo el texto de la referida norma no existe ni un solo artículo o disposición que confiera atribuciones a alguna institución en nuestro país, mucho menos deroga o abroga alguna disposición de nuestro ordenamiento jurídico.
Señalar que la Ley Nº 1386, otorga atribuciones a la UIF, es incongruente con el sentido de la norma, el cual claramente se establece en su primer artículo que su objeto es aprobar una “Estrategia de Nacional de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo”. Lo cual implica que, las instituciones se comprometen a realizar actividades en el marco de sus competencias vigentes.
Expresar que la Ley Nº 1386 otorga a la UIF atribuciones, pero además que éstas son contrarias a los derechos de los ciudadanos, es una aseveración irresponsable, carente de veracidad y ética, no solo en atención a lo señalado en los párrafos precedentes; sino porque las atribuciones y competencias de la Unidad de Investigaciones Financieras, se respaldan en el Art. 333 de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 004, la Ley Nº 170 y la Ley Nº 393 así como el Decreto Supremo Nº1 24771, marco normativo que ampara mas de veinte años de trabajo.
En este sentido, el contenido observado precedentemente, por una parte transgrede el principio de veracidad dispuesto en el Art. 106 de la Constitución Política del Estado y por otra, vulnera el Código de Ética Periodística de Bolivia “Las y los propietarios de los medios públicos y privados, directores, editores, periodistas, trabajadores que tengan que ver con las tareas informativas o se involucren con ellas, así como quienes expresen opiniones a través de los medios DEBEN: 1. Informar con exactitud, equilibrio, veracidad, oportunidad, pluralismo y contextualizando los contenidos. 2. Presentar las distintas facetas de la información, tomando en cuenta necesariamente, las diversas fuentes correspondientes al suceso (Resaltado agregado). Aspecto último que, además es omitido; y que tiene como desafortunada consecuencia promover una campaña de temor infundado sobre nuestra población y la desestabilización del gobierno, así como de sus instituciones.
Por todo ello, en el marco de lo dispuesto en el Código de Ética Periodística de Bolivia solicito que el periódico “Los Tiempos” realice la aclaración respectiva del contenido vertido en el editorial de 17 de octubre de 2021, titulado como “El conflicto inminente por la Ley 1386”.
Sin otro particular, saludo a usted atentamente.
Dra. Ana María Morales Amonzabel, Directora General Ejecutiva Unidad de Investigaciones Financieras
(Copia textual de la carta)
Columnas de ANA MARÍA MORALES AMONZABEL