Costas: Ley permite renuncias y sustituir candidatos presidenciales

País
Publicado el 17/07/2019 a las 2h26
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El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas, aseguró que la Ley de Régimen Electoral permite la sustitución de candidaturas por renuncia desde el 19 de julio, contradiciendo a la Presidenta del mismo órgano, quien señaló que las candidaturas seguirán vigentes pese a las dimisiones. A la fecha, dos postulantes renunciaron a sus candidaturas.

Un abogado constitucionalista aseguró que el TSE sólo busca beneficiar al oficialismo al no permitir la renuncia de candidatos, porque consolidaría la dispersión del voto opositor.

“La Ley de Régimen Electoral, en el artículo 108, habla de la sustitución de candidaturas; en el inciso I, habla de las listas de candidatos que podrán sustituirse por causa de renuncia, inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente o incapacidad. Entonces, este artículo que está vigente, que es el 108, está abriendo, después de la presentación de las listas de candidatos, la opción de que, de darse una contingencia de una eventual renuncia, se tenga que sustituir”, aseveró Costas en el programa “No Mentirás”.

Días antes, la Presidenta del TSE dijo que la normativa electoral vigente no admite la renuncia de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia porque éstos son vinculantes y de cumplimiento obligatorio para los partidos o alianzas, en cumplimiento de la Ley de Organizaciones Políticas y los resultados de las elecciones primarias.

Bajo este argumento, el TSE rechazó la renuncia del candidato presidencial Jaime Paz Zamora, del Partido Demócrata Cristiano (PDC). El TSE explicó que la renuncia de Paz Zamora se rechazó para precautelar los derechos de los militantes que los eligieron en las primarias y porque no existe la previsión legal para la presentación de renuncia.

Al respecto, Costas explicó que hay dos fases en el proceso de la presentación de las candidaturas a las elecciones generales: la primera, previa al 19 de julio, cuando vence el plazo del registro de la lista de los candidatos, y la otra, posterior a esa fecha, en la que se podrá complementar la presentación de candidaturas.

El vocal aclaró que las renuncias presentadas hasta el momento recién se van a tratar en la segunda fase y que éstas fueron planteadas de “manera anticipada”. En ese sentido, las sustituciones de las candidaturas se podrán aplicar en cumplimiento de la Ley de Régimen Electoral, la cual se aplicará desde el viernes 19 de este mes.

Edwin Rodríguez, candidato vicepresidencial por Bolivia Dice No, también renunció a su postulación, el pasado viernes.

El artículo 108 señala que, presentadas las listas de candidatos para cualquiera de los cargos electivos, únicamente podrán sustituirse por causa de renuncia, inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente e incapacidad total, acreditados fehacientemente ante el TSE al momento de presentar la sustitución por parte de las organizaciones políticas. Según la norma, la renuncia será presentada por el interesado o su apoderado legal.

Las sustituciones por causa de renuncia podrán presentarse hasta 45 días antes del día de la elección y por las otras causales hasta tres días antes del día de la votación. El renunciante ya no podrá participar como candidato en ese proceso electoral ni será reubicado en otra candidatura.

 

2 renuncias de candidatos. A la fecha, se presentaron dos renuncias de candidatos: Jaime Paz Zamora, del PDC, y Edwin Rodríguez, de Bolivia Dice No.

 

DATOS

El 19 de julio culmina plazo de inscripciones. Según el calendario electoral, las organizaciones políticas tienen hasta el 19 de julio para presentar sus listas de candidatos a la Asamblea Legislativa. En el caso del binomio presidencial, deben presentar el certificado de no violencia y los referidos al artículo 238 de la CPE.

Candidatos deben acreditar idioma originario. La acreditación de que hablan al menos dos idiomas oficiales podrá ser hecha con una declaración voluntaria ante notario de fe pública o con el certificado emitido por una institución acreditada ante el Ministerio de Educación, universidades o la Escuela de Gestión Pública.

 

CRONOLOGÍA

27 de mayo. Emisión de convocatoria. El TSE emitió la convocatoria a elecciones el 27 de mayo, programando los comicios para el 20 de octubre.

19 de julio. Inscripción. Esta fecha es el límite para la inscripción de los candidatos a legisladores de las organizaciones políticas. También la presentación de planes de Gobierno.

11 de agosto. Publicación. El TSE publicará la lista de candidatos al Legislativo que cumplieron los requisitos.

5 de septiembre. Sustitución. El calendario electoral menciona que entre el 12 y el 5 de septiembre se abrirá el periodo de sustitución de candidaturas por renuncia.

19 de octubre. Lista final. El TSE publicará esta fecha la lista final de las candidaturas habilitadas de las organizaciones políticas.

20 de octubre. Elecciones. Las elecciones generales se realizarán el 20 de octubre en el país y 33 naciones del exterior donde hay residentes bolivianos.

 

“EL TSE INTERPRETA LA LEY DE MANERA ARBITRARIA”

REDACCIÓN CENTRAL

El abogado constitucionalista Williams Bascopé aseguró que la Constitución y la Ley de Régimen Electoral garantizan el derecho a la renuncia de candidatos y también la potestad de los partidos para sustituir a los renunciantes. Aseveró que el Tribunal Electoral interpreta de manera abusiva la Ley de Organizaciones Políticas para favorecer al oficialismo dispersando el voto de la oposición.

“Un derecho político se puede ejercer o no. Lo que hace el TSE es, de manera abusiva y arbitraria, interpretar que no existe la renuncia. Lo que ocurre de fondo es que el TSE está mirando a otro lado para favorecer, presumimos, al candidato oficialista, porque parece que quisiera mantener la dispersión del voto y evitar que haya una cierta unidad de la oposición”, indicó.

El experto recordó que el artículo 108 de la Ley 026 y la misma Constitución, en su artículo 14, garantizan el derecho a la renuncia y la sustitución, y la garantía de que nadie será obligado a hacer lo que la Carta Magna no mande, respectivamente.

“No pueden obligar a un candidato a que participe contra su voluntad (…) la única obligación que dice la CPE es a votar”, explicó.

“Lo que hace el TSE es una forma grosera de interpretar la CPE y la ley con el único fin de mantener disperso el voto de los opositores, que obviamente el que se beneficia de esto es Evo Morales. Hay un servilismo descarado”, dijo.

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