Cancillería de Panamá definirá si procede la extradición de Guillermo Parada
La Cancillería de Panamá definirá, en primera instancia, si procede o no el pedido de extradición de Guillermo Parada, informó el ministro de Relaciones Exteriores, Rogelio Mayta.
“Una vez que el trámite solicitud de extradición llegue Panamá, de acuerdo a la ley panameña, que difiere a la ley boliviana, la determinación de que procede o no la extradición es de la autoridad política panameña, define la Cancillería panameña”, indicó el titular de la cartera de Estado en conferencia de prensa.
Parada, uno de los implicados en el caso ítems fantasma de la Alcaldía de Santa Cruz, se encuentra con detención con fines de extradición en Panamá tras ser retenido en el aeropuerto cuando trataba de trasladarse a Estado Unidos.
“No es lo mismo que la extradición. Solamente es detención con fines de extradición”, puntualizó Mayta.
El Ministro explicó que “no le corresponde, al caso boliviano a la autoridad Ejecutiva, vale decir a la Cancillería, realizar la solitud de extradición. En nuestra ley, esto se activa, a través de la Fiscalía, es quien le pide al juez del proceso que realice la solitud de extradición”.
“El juez de la causa dispuso la detención con fines de extradición, otorgando, según establecer Panamá, 60 días para que se formalice y sustente la extradición”, añadió.
Si Panamá define por proceder con la solitud de extradición, Guillermo Parada puede objetar y va ante la Corte Suprema de Justicia de Panamá, indicó.
En cuanto al proceso, Mayta detalló que la Fiscalía tiene la posibilidad de activar la extradición pidiendo al juez de la causa que solicite la extradición. La Cancillería es un “trasmisor en este proceso”, apuntó.