El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró la inconstitucionalidad de los parágrafos I y II de la Disposición Adicional Séptima de la Ley de Presupuesto General del Estado Gestión 2025, Ley 1613, del 1 de enero de este año, que autoriza a instancias estatales la confiscación de productos a comercializadores de alimentos que almacenan o retengan mercancías con el fin de encarecer los precios.