Reintegro del 5% del IVA inicia el 10 de febrero y hay dos modos de registro
El reintegro del 5 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se hará efectivo a partir del 10 de febrero de 2021 a las personas con ingresos menores a 9 mil bolivianos que se hubieran registrado en la oficina virtual del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
Según el presidente del SIN, Mario Cazón, los trabajadores dependientes del sector público o privado, independientes, cuentapropistas y derechohabientes con ingresos iguales o menores a 9 mil bolivianos pueden registrarse en cualquiera de las dos modalidades habilitadas para el reintegro que se efectuará en la cuenta bancaria del beneficiario.
La primera modalidad permite el reintegro del 5 por ciento del valor de las compras realizadas el día 10 del siguiente mes, mientras que la segunda modalidad efectúa el reintegro a partir del día 27.
La diferencia surge porque, en el primer caso, el registro de facturas debe ser realizado por el beneficiario en el sistema del SIN hasta el día 5 del mes siguiente; en cambio, la segunda modalidad posibilita un registro directo, pero el abono demora más.
A modo de ejemplo, Cazón mencionó que las personas que presenten facturas de compras acumuladas por un monto de 9 mil bolivianos recibirán un reintegro de 450, equivalente al 5 por ciento. Los beneficiarios con facturas por un valor de 4 mil bolivianos, tendrán un abono de 200, mientras que los que presenten facturas por 2.500, recibirán 125.
El reintegro solamente admite a facturas computarizadas o electrónicas, no las escritas de modo manual. También se excluye cualquier tipo de factura correspondiente a servicios básicos como luz, agua o gas domiciliario, así como de combustibles como gasolina o diésel.
Además, se excluye a facturas con Tasa Cero del IVA, las prevaloradas y las que expongan por separado el pago del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD), Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) o Impuesto a la Participación en Juegos (IPJ).
En opinión del economista Germán Molina, la medida busca beneficiar solamente a la población con ingresos bajos. Observa que el hecho de limitar a solamente facturas computarizadas o electrónicas representa una restricción para muchas personas.
Molina afirma que, si bien la medida busca formalizar la economía, también genera una afectación a cerca de un millón de gremialistas en todo el país que comercializan sus productos de manera informal, es decir, sin la emisión de factura. Según el analista, las personas beneficiarias con el reintegro del IVA optarán por realizar sus compras en supermercados o lugares donde se emita factura.
Pasos para registro de beneficiarios
Los beneficiarios pueden habilitarse en la Oficina Virtual, mediante la página web www.impuestos.gob.bo, portal Servicio al Ciudadano, opción Registro de Beneficiarios Re-IVA, donde realizarán una Declaración Jurada.
Allí se debe completar el Formulario 203 con: nombre, número de documento de identidad, dirección y teléfono; ingreso de los últimos tres meses y, en caso de no tener ingresos anteriores, el del mes de su habilitación.
El dependiente deberá ingresar el Código Único de Asegurado y, en caso de ser jubilado, rentista o derecho habiente, deberá presentar el Número de Matrícula.