La malignidad de los consorcios
A propósito de las aberrantes como ilegales detenciones impuestas a Fernando Camacho, Marco Pumari, Jeanine Áñez y tantos otros humildes ciudadanos de quienes nadie reclama, corresponde algunas consideraciones respecto del repugnante tema de los “consorcios jurídicos”y que tienen directa relación con este tipo de ilegalidades mediante los ministerios de justicia.
Debe enfatizarse que para retornar a los cauces de la legalidad, el único instructivo válido a jueces y fiscales es el que proviene del cumplimiento de la ley y nada más que de la ley, so pena de que en vez de hacerse justicia se incurra en violación de la “independencia judicial interna” engendrando inseguridad jurídica futura.
En términos generales, consorcio es la reunión de personas o empresas que se unen y asumen el carácter de sociedad, generalmente con fines de lucro, consecuentemente el consorcio no es un hecho ilícito en sí mismo.
Pero cosa muy distinta se da cuando un bufete o estudio jurídico ha pactado, ha conformado un “consorcio” con administradores de justicia para resolver dolosamente a su favor los asuntos que atiende con las respectivas dádivas económicas (coimas), ventajas políticas o las que fueren.
Este vínculo o sociedad de administradores de justicia y bufetes jurídicos es un consorcio delictivo. La relación se da entre el administrador de justicia corrupto y el estudio jurídico corruptor.
Más o menos desde finales de los 70 se decía mordazmente que el verdadero nombre de la Corte Suprema de Justicia era el de “maestranza”, porque “era el taller donde se arreglaban los “autos supremos” al calor de los “consorcios jurídicos” y tal como se ve públicamente la maquinaria sigue funcionando.
Este consorcio ilícito se produce también cuando un componente de un estudio jurídico es designado, a título de “notable”, administrador de justicia, y los asuntos que atiende su bufete los lleva a su despacho judicial para resolverlos inescrupulosamente él mismo. (Páginas Constitucionales. Gonzalo Peñaranda Taida. Prólogo Benjamín Miguel Harb, págs. VIII, 193. 1996.)
Pero existe también otra categoría funesta de este consorcio delictivo, cuando es el Gobierno el que mediante el Ministerio de Justicia o sus abogados ejerce presión sobre magistrados, vocales, jueces, fiscales, personal administrativo de la justicia a fin de que sus órdenes se cumplan al pie de la letra. Aunque también se produce esta relación sin necesidad de ninguna presión porque los administradores de justicia son militantes o esbirros del propio Gobierno, elegidos vía elecciones judiciales o directamente por el poder político.
El Ministerio de Justicia es el encargado de ejercer este acto corrupto. Su titular es fatalmente un abogado que, generalmente, o es el jefe o es componente de un estudio o bufete jurídico que ejerce influencia delictiva sobre el órgano judicial.
El autor es jurista
Columnas de GONZALO PEÑARANDA TAIDA