Empresarios ven vacío legal respecto a determinación de ciertos asuetos
A diferencia de los feriados, que están establecidos en un calendario nacional, los días de asueto afectan al aparato productivo cuando el Ministerio de Trabajo no toma previsiones para establecerlos. Cuando se programan con anticipación, pueden beneficiar a sectores como el turismo y servicios, por tanto es preciso resolver el vacío legal que existe para determinarlos, coincidieron empresarios representantes del sector industrial y de comercio.
El presidente de la Cámara Departamental de Industria, Antonio Fernández, indicó que los asuetos “paran” todo el aparato productivo, sobre todo cuando el Ministerio de Trabajo emite la instrucción sin la anticipación necesaria.
Afirmó que cuando los asuetos son dictados de esa manera, el sector privado debe buscar alternativas, a través de negociación entre partes, para que los trabajadores gocen de la determinación. “Se negocia que en vez que ese día, el trabajador pueda tomar el día libre en viernes o máximo hasta fin de mes. Ese es un acuerdo entre partes”, dijo.
Puso como ejemplo del perjuicio la “informalidad” que generó el último asueto que fue determinado por el Gobierno por el Día de la Mujer Boliviana. “Las mujeres han ido a sus fuentes laborales en gran porcentaje porque no sabían si era de cumplimiento obligatorio, no sabían si era una norma que su empresa iba a acatar”, señaló.
Por su parte, el gerente de la Cámara Departamental de Comercio, Fernando Aldazosa, sostuvo que los asuetos intempestivos generan dificultad en la organización de las empresas. “Hacen que todas las actividades que uno tiene programadas, en cierta manera se vean interrumpidas”, lamentó.
Explicó que cuando se emiten este tipo de disposiciones no programadas, el sector privado busca la manera de darles cumplimiento, muchas veces armando grupos por días para que los trabajadores gocen del beneficio.
Aldazosa manifestó que es complicado monetizar el daño económico que se genera con los asuetos imprevistos, pero aseguró que impactan en la economía del sector privado. Puso como ejemplo que la gente dedicada a la venta de servicios tuvo mermas porque, en algunos casos, tuvo que prescindir de personal.
Fernández resaltó que existe un vacío legal respecto a los asuetos, situación distinta a la de los feriados establecidos por un calendario nacional.
El exviceministro de Trabajo, Miguel Albarracín, señaló que la determinación de los asuetos es respaldada por normas establecidas para “fechas especiales”, para los diferentes sectores.
“Estos asuetos o el día libre que se da a determinados sectores se establecen en las normas mencionadas, es decir decretos supremos o leyes específicas, en los que se determina la condición en que se otorga; pero generalmente son remunerados, por considerar que es un reconocimiento para los trabajadores del área y (son) de cumplimiento obligatorio”, dijo.
ASUETOS AVALADOS POR LEYES
En el país, sin considerar los feriados oficiales, se han determinado al menos ocho días de asueto en fechas fijas, que pueden ser por el día o mediodía, la mayoría fueron aprobados a través de decretos supremos y leyes específicas.
El comunicado 55/16 del Ministerio de Trabajo estableció el asueto remitiéndose Decreto Ley 7352 de octubre de 1965, que instituye el 11 de octubre como Día de la Mujer Boliviana. También señala que la disposición es de cumplimiento obligatorio por el parágrafo l del artículo 48 de la Constitución Política del Estado (CPE) que señala que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio. Sin embargo, el Decreto Ley 7352 no alude ni especifica que ese día debe darse asueto.
La Ley 782 que dispone el 18 de mayo como Día del Trabajador Fabril de Bolivia, determina la suspensión de actividades por un día y con goce de haberes en todo establecimiento fabril. Además aclara que la suspensión de actividades no deberá ser considerada, bajo ninguna circunstancia, como permiso, a cuenta de vacación o de otra índole.