Ola de críticas al TCP por prohibir formas de vestir
Como una vulneración al derecho a la libre determinación de las personas y una medida inadecuada y fuera de lugar, fue calificada ayer la determinación del Tribunal Constitucional (TCP) de prohibir el uso de 11 prendas de vestir a su personal. Las observaciones las hicieron los constitucionalistas José Antonio Rivera y César Cabrera.
Sin embargo, a las críticas se sumaron diversos sectores como el Defensor del Pueblo, Derechos Humanos y asambleístas plurinacionales.
El TCP, mediante el instructivo 065 firmado por sus presidente, Osvaldo Valencia, dispuso que el personal de esa entidad debe vestir de manera “formal y discreta”, y prohibió a las mujeres utilizar blusas transparentes, minifaldas y escotes.
La lista de prendas prohibidas incluye pantalones jeans de cualquier color, pantalones estampados, botas largas, calzas, chamarras, chamarras de cuero, poleras, minifaldas, vestidos cortos y zapatillas (inclusive el día viernes).
El documento establece que de “manera excepcional” se permitirá que los viernes asistan a su fuente laboral con “ropa informal”, refiriéndose a jeans y polera institucional-opcional.
Según el también expresidente del Colegio Nacional de Abogados, César Cabrera, el TCP, antes de preocuparse de emitir prohibiciones, debe ocuparse de su función primordial que es la de guardián de los derechos humanos y derechos fundamentales de las personas.
Lo que vulnera el instructivo, según Cabrera, es el derecho a la libre determinación de la persona, el derecho a la intimidad (uno puede vestirse como quiere).
Para el también constitucionalista, José Antonio Rivera, “no corresponden tales medidas porque atentan al libre desarrollo de la personalidad. Cada individuo debe tomar por sí mismo la decisión sobre su vida, sobre su perspectiva, y eso comprende desde el derecho a la imagen y a su apariencia personal”, aseguró.
La senadora Nélida Sifuentes se sumó a las críticas y calificó el instructivo del TCP como una decisión desacertada que debe ser retirada. Vaticinó que de todas formas no se cumplirá ese “código de vestimenta”.
Sifuentes vinculó el uso de ropa formal con la situación social anterior a la presidencia de Evo Morales. “Antes uno venía del campo y basta de ver una corbata ya se empezaba a asustar, pero eso hemos ido cambiando, el Presidente no usa corbata y el Vicepresidente algunas veces”, dijo.
La senadora manifestó que si a ella le imponen vestir de traje, no podría hacerlo porque tiene su ropa que la identifica.
El vicepresidente de la Asamblea de Derechos Humanos, Édgar Salazar, consideró que el instructivo del TCP que fija la ropa que deben usar sus funcionarios es discriminatorio y debería anularse.
Para Rivera, antes de preocuparse sobre cómo debe vestirse su personal, el TCP tendría que preocuparse de la formación, capacitación y entrenamiento de los funcionarios y no perder el tiempo en circulares de esta naturaleza.
“Sólo dan una mala imagen de un alto tribunal como es el Constitucional”, finalizó.
DERECHO A LA APARIENCIA
La Defensoría del Pueblo expresó ayer su posición sobre el derecho a la apariencia personal luego de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) prohibiera al personal femenino de esa entidad utilizar minifaldas y escotes e instruyera el uso de ropa “discreta”.
La entidad sustenta su posición en los Artículos 13 y 14 de la Constitución Política del Estado. “Extraña que, en el Estado Plurinacional de Bolivia, la jurisprudencia y las disposiciones de menor rango, e incluso las prácticas, conserven una brecha respecto al ‘derecho a la apariencia personal’”, señala.
La Defensoría del Pueblo sostiene que este derecho “incluye el derecho a presentarse ante los demás con una u otra apariencia, en base a la libertad y creatividad en la vestimenta y la elección en el arreglo personal, y el derecho a adoptar una estética propia en cuanto al arreglo del cabello o del vello facial, uso de aretes, tatuajes u otros elementos identitarios, como facultad privativa de la persona, de proyectarse individualmente fuera de cualquier patrón estético determinado o de esquemas dominantes”.