UIF instruye dar datos sobre operaciones sospechosas a notarías
La Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) instruyó a las notarias y notarios de fe pública del país remitir los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y el reporte de Personas Expuestas Políticamente (PEP) con referencia a documentos relacionados a la compra y venta de bienes muebles sujetos a registro e inmuebles, así como a la constitución de sociedades y modificación o disolución de las mismas, según un reporte de ANF.
La UIF, según el comunicado, realiza este instructivo en prevención de la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
“Todas las notarias y los notarios de Fe Pública en el territorio nacional deben remitir los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y el Reporte (PEP) a través del Sistema Informático SISO V2 en los plazos establecidos en el Parágrafo I del Artículo 22 y el Parágrafo V del Artículo 17 del referido instructivo, respectivamente”, se lee en el comunicado de la UIF de fecha 30 de septiembre.
Agrega que, de manera extraordinaria y excepcional, las notarías que prestan servicios en el área rural y que no hubieran remitido a la UIF sus reportes en los plazos determinados, debido a algún problema de fuerza mayor, “tendrán un plazo adicional de dos días hábiles para la remisión del reporte correspondiente y el justificativo del impedimento”. La nota señala que los reportes de operaciones sospechosas emitidos por los sujetos obligados se vinculan al deber de informar en cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 004 de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación.
“Tienen el deber de remitir toda la información solicitada por la unidad de investigaciones financieras dentro de una investigación que se esté llevando a cabo las siguientes entidades y sujetos dedicados a actividades inmobiliarias y de compra y venta de inmuebles entidades o sujetos mencionados deberán informar de oficio a la unidad cuando detecten la posible comisión de hechos o delitos de corrupción”, señala el artículo de la ley.