Sumaron requisitos para aprobar propiedad horizontal hace 2 años
Hace dos años, la aprobación de la propiedad horizontal (PH), en edificaciones con departamentos, se enmarcaba como un proceso técnico.
Los requisitos que el municipio exigía se habían simplificado y sólo se requería la firma del Alcalde para la última fase o entrega de la resolución técnica administrativa. Sin embargo, desde hace dos años se implementó otro procedimiento mucho más largo.
La Alcaldía aumentó los requisitos y las etapas para el control de las edificaciones.
Los constructores afectados con las modificaciones consideran que ahora el proceso es más burocrático y se necesita la firma del Alcalde casi desde el inicio del trámite. Además, se tiene que enviar un memorial a la máxima autoridad solicitando la aprobación del plano en PH.
Los requisitos
Se trata de una ruta con nueve requisitos que pasa por tres instancias técnicas del municipio. También se necesita un informe de la Gobernación para obtener la licencia o manifiesto ambiental. (Ver infografía).
El trámite puede finalizar en tres semanas sino hay observaciones. Pero, puede demorar hasta un año o más años si la construcción requiere adecuaciones.
El asesor legal de los constructores que el pasado martes marcharon para pedir agilidad en los trámites, Jhonny Ledezma, explicó que antes el trámite se hacía en instancias técnicas de urbanismo y sólo entraba al despacho del Alcalde para la firma de la resolución técnico-administrativa.
Añadió que si bien en la gestión de Edwin Castellanos también se tenían demoras, la actual ha complicado mucho más el acceso a los planos de propiedad horizontal.
Por ejemplo, ahora necesariamente se tiene que presentar la solicitud con memorial al alcalde o alcaldesa.
Luego, el tramite se deriva a las instancias técnicas del municipio como el Departamento de Gestión Urbana para la revisión de planos y cumplimiento de normas técnicas. Luego, pasa nuevamente al despacho del Alcalde para que se programe la inspección del inmueble.
Después de que la inspección aprueba el trámite pasa otra vez por instancias técnicas que hacen una revisión y emiten los informes técnicos en base a los resultados. Una vez concluidos los reportes se envían al Alcalde para la aprobación del plano de PH.
Ledezma manifestó que la Alcaldía justifica el retraso de los trámites porque muchos edificios no se construyeron de acuerdo a sus planos.
“Es cierto, pero la solución es notificar a esos constructores que cometieron irregularidades y aprobar a aquellos que tienen informes positivos; no guardar silencio”, dijo.
La comisión que se reunió con los representantes de las 40 constructoras afectadas con la paralización de trámites, la anterior semana, comenzará a trabajar este lunes y miércoles en la revisión de los procesos pendientes.
DATOS
El Código Civil reconoce el derecho propietario. La propiedad horizontal está normada en el país por el Código Civil y la Ley de 30 de diciembre de 1949.
Se resguardan varios inmuebles. La propiedad horizontal sirve para marcar la relación entre los propietarios de diferentes inmuebles que han sido construidos en un mismo predio o lote.
Dos componentes de la propiedad horizontal. La propiedad horizontal consta de dos elementos: la propiedad privada y la común.
Reconocen propiedad privada y común. La propiedad privada es aquella que está delimitada y es de uso exclusivo del propietario. La común es la que comparten los habitantes de una edificación.