Rechazan que Covid-19 sea catalogada accidente laboral
La Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco), a través de un comunicado, expresó ante la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (Asuss) su preocupación por el instructivo emitido por esta entidad, que determina que la Covid-19 debe ser catalogada como un accidente de trabajo cuando el funcionario hubiese estado expuesto a este virus.
Según el documento, Cainco se encuentra realizando representaciones para dejar sin efecto esta disposición que genera inseguridad jurídica al sector empresarial.
Considera que, en la actualidad, es técnicamente inviable determinar si el contagio de la Covid-19 se produjo durante la jornada laboral o fuera de ella, no resulta posible calificar esta situación como un accidente de trabajo, siendo subjetiva y discrecional cualquier determinación sobre el tema.
Según Cainco, esta situación genera inseguridad jurídica al sector empresarial, toda vez que, en caso de que la enfermedad derive en el fallecimiento o incapacidad permanente del trabajador, los empleadores tendrían que indemnizar a los herederos con el pago de 24 salarios en virtud a los artículos 88 y 89 de la Ley General del Trabajo y los artículos 94 y 95 de su Decreto Reglamentario.
Es importante recordar que el coronavirus ha sido declarado como “pandemia” por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que en la mayoría de los países se encuentra en una fase de contagio comunitario.
En ese sentido, Cainco solicitó a la autoridad competente dejar sin efecto el Instructivo, reestableciendo el principio de seguridad jurídica de los empleadores, consignado en los artículos 178, 306 y 311 de la Constitución Política del Estado.





















