Que el Estado consulte a la Corte Interamericana

Columna
MIRADA CONSTITUCIONAL
Publicado el 28/09/2017

El argumento central que exponen los diputados en la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta planteada para lograr la reelección del presidente Morales, es que las normas de la Constitución y la Ley Nº 026 del Régimen Electoral vulneran los derechos políticos consagrados por el art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) por imponer la limitación a la reelección para el ejercicio de los cargos de presidente, vicepresidente, senadores, diputados, gobernadores, asambleístas departamentales, alcaldes municipales y concejales municipales.

En criterio de los que plantean la referida acción, las normas de los arts. 156, 168, 285 y 288 de la Constitución y de los arts. 52.III, 64.d), 65.b), 71.c) y 72.b) de la Ley Nº 026 del Régimen Electoral serían contrarias a las normas previstas por los arts. 1, 23 y 24 de la CADH; dicen porque, al limitar la reelección de las autoridades electas en el Estado boliviano, se estaría incumpliendo el compromiso internacional de respetar los derechos y libertades reconocidos en la CADH y de garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción (art. 1); se estaría violando el derecho de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores (art. 23); y se estaría discriminando (no dicen a quién), vulnerando el derecho a la igualdad ante la Ley (art. 24). Para sustentar su pretensión citan como precedentes obligatorios la jurisprudencia establecida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en las sentencias emitidas en el caso Castañeda vs México, caso Yatama vs Nicaragua, y caso Argüelles vs Argentina, aunque no existe concurrencia de analogía de supuestos fácticos, ya que los problemas que fueron resueltos en las mencionadas sentencias son absolutamente diferentes al que se plantea en la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta.

Llama la atención que recién hoy, cuando responde a sus intereses políticos de perpetuación en el poder, los accionantes invoquen la aplicación preferente de los tratados y convenciones internacionales sobre derechos humanos, reconocen la importancia y necesidad imperiosa de respetar los derechos humanos; aunque resulta que en los 11 años que llevan en el gobierno han emitido muchísimas leyes y decretos supremos que violan los derechos humanos; así, por ejemplo, la Ley Nº 004, cuya Disposición Final Primera establece la aplicación retroactiva del art. 25, numerales 2) y 3) de dicha ley, infringiendo el art. 9 de la CADH; el art. 36 de la referida ley que incorpora al Código de Procedimiento Penal los arts. 91 Bis y 344 Bis, que prevén la sustanciación del proceso penal por delitos de corrupción en ausencia del procesado, vulnerando el derecho al debido proceso consagrado por el art. 8 de la CADH; la Ley Nº 266 que levanta la intangibilidad del Tipnis vulnerando los derechos colectivos de los pueblos indígenas originarios del Tipnis reconocidos por el convenio 169 de la OIT; o el Decreto Supremo Nº 138 que infringe el art. 8 de la CADH. 

Está claro que la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta carece de sustento jurídico–constitucional, conforme lo han demostrado los especialistas en Derecho Constitucional; sin embargo, miembros del Gobierno nacional afirman que la restricción a la reelección indefinida viola el derecho político a ser elector o elegible, por lo que consideran que las normas de los arts. 156, 168, 285 y 288 de la Constitución y los arts. 52.III, 64.d), 65.b), 71.c) y 72.b) de la Ley Nº 026 del Régimen Electoral son contrarias a las normas previstas por los arts. 1, 23 y 24 de la CADH. Si esa es su firme convicción, lo que corresponde es que activen la vía del control de convencionalidad abstracta, acudiendo a la Corte Interamericana de Derechos humanos, para que en ejercicio de la competencia que le asigna la CADH se pronuncie sobre el tema.

Cabe señalar que la CIDH tiene la competencia contenciosa  y la competencia consultiva; sobre esta última, según la norma prevista por el art. 64.2 de la CADH: “La Corte, a solicitud de un Estado miembro de la Organización, podrá darle opiniones acerca de la compatibilidad entre cualquiera de sus leyes internas y los mencionados instrumentos internacionales”.

El Estado boliviano es parte de la CADH, porque la ha ratificado mediante ley y ha declarado expresamente que reconoce la competencia de la CIDH. En consecuencia, corresponde que el Gobierno nacional, en representación del Estado, formule la consulta correspondiente sobre si las normas que se impugnan erróneamente a través de la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta son incompatibles con la CADH, para que sea el órgano internacional especializado el que se pronuncie mediante una Opinión Consultiva.

Corresponde subrayar que la CIDH no solamente es el órgano competente, sino que además ofrece las garantías de la independencia e imparcialidad para emitir el pronunciamiento requerido por los accionantes; garantía que no ofrece el Tribunal Constitucional Plurinacional; ya que este órgano constitucional, de un lado, carece de competencia para declarar en abstracto la inaplicabilidad de las normas de la Constitución; y, de otro, en esta coyuntura no goza de independencia e imparcialidad por las razones que son de conocimiento público.

 

El autor es catedrático de Derecho Constitucional.

riverasa@gmail.com

Ha votado 'Indiferente'. ¡Gracias por su voto!

Columnas de JOSÉ ANTONIO RIVERA

02/03/2020
En las redes sociales circula un post afirmando que “300 votos rurales son igual a un diputado, en cambio 300.000 votos de la ciudad son igual a un diputado...
01/11/2019
El gobierno nacional, a través del Ministro de Relaciones Exteriores, ha comunicado a la opinión pública el acuerdo alcanzado con la Organización de Estados...
29/10/2019
En un acto público, que constituye la vergüenza nacional, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha anunciado la conclusión del cómputo nacional y los...
24/10/2019
Acudo al título de la novela de Gabriel García Márquez, para describir el proceso de desconstitucionalización al que hice referencia años atrás en esta...

Más en Puntos de Vista

LA ESPADA EN LA PALABRA
IGNACIO VERA DE RADA
27/06/2025
27/06/2025
SURAZO
JUAN JOSÉ TORO MONTOYA
26/06/2025
BUSCANDO LA VERDAD
GARY ANTONIO RODRÍGUEZ
26/06/2025
En Portada
Este fin de semana, Cochabamba será la protagonista con la realización de seis ferias en diferentes municipios del departamento.
El ciudadano Richard Mamani fue liberado este viernes de la cárcel de Morros Blancos, Tarija, luego de comprobarse que era inocente del crimen por el cual se...

Tras conocerse un informe del Ministerio Público de Brasil que identifica la presencia de al menos 146 integrantes del Primer Comando da Capital (PCC) en...
Desde julio de 2024 el numero de transacciones con estos activos en el sistema financiero se multiplicó por 12, según datos al 31 mayo de este año.
“Esta enfermedad (sarampión)es altamente contagiosa y mucho más peligrosa de lo que muchos creen”, escribió ayer la ministra de Salud y Deportes, María Renée...
El Departamento de Zoonosis de la Alcaldía de Cochabamba, en coordinación con la Policía Forestal y Preservación del Medio Ambiente (Pofoma), rescató ayer a 40...

Actualidad
El ciudadano Richard Mamani fue liberado este viernes de la cárcel de Morros Blancos, Tarija, luego de comprobarse que...
El viceministro de Régimen Interior, Jhonny Aguilera, informó que grupos de inteligencia de la Policía identificaron a...
Este fin de semana se prevén nevadas en la cordillera paceña, frontera con Perú y el ingreso de un nuevo frente frío...
El aeropuerto de Chimoré, en el Trópico de Cochabamba, permanece tomado desde hace tres semanas por personas afines a...

Deportes
Con la participación de más 40 binomios, arranca hoy el Rally de la Concordia por las rutas de Huayñacota, Pampa...
Manchester City ratificó su contundencia al golear a Juventus por 5-2 y avanzar a octavos de final con puntaje ideal....
El cruceño Carlos Padilla, el paceño Wálter Nosiglia Jr y el cochabambino Jean Verón Herboso confirmaron su...
Wilstermann no pudo frenar anoche a Blooming, en Montero, por la serie A en el que terminó con el marcador en contra (0...

Tendencias
El matcha se ha convertido en un producto de moda aupado por una fiebre mundial por los productos saludables y por el...
La hipótesis de que la Covid-19 se originó por una fuga en un laboratorio sigue siendo una opción, indicó este viernes...
Fue, por tercer año consecutivo, el auspiciador oficial del concurso de robótica First Bolivia 2025.
Una nueva investigación advierte que la tasa de vacunación en menores se ha estancado o incluso revertido desde 2010 en...

Doble Click
Es la boda de la que todo el mundo habla: el multimillonario tecnológico estadounidense Jeff Bezos se casará con la...
Lalo Schifrin, el laureado compositor argentino que creó el tema de "Misión imposible", falleció en Estados Unidos a...
En el marco del día internacional de las MIPYMES a celebrarse el 27 de junio, la Fundación Emprender Futuro lanza...
Con la participación de representantes de diversos colectivos, el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, pintó con los...