La multa por mora en impuestos baja en un 4 por ciento
El municipio aplica la Ley 812 que baja la multa por mora tributaria en un 4 por ciento. El jefe de Impuestos a la Propiedad, Miguel Rodríguez, informó que esta ley se aplica en el Cercado desde el 23 de diciembre y reduce en un 5 por ciento la multa por mora.
“Los pasados años la multa por mora tributaria llegaba a un 9 por ciento, pero después de las protestas y marchas que hicieron los comerciantes a nivel nacional, la Ley Nº 2492 en su artículo 47 del Código Tributario, fue modificada con la Ley Nº 812 que baja el impuesto por mora a un 4 por ciento”, explicó Rodríguez.
Según la Ley 812, la tasa de interés podrá variar de acuerdo a los días de mora, por ejemplo: 4 por ciento anual, desde el día siguiente al vencimiento del plazo para el pago de la obligación tributaria, hasta el último día del cuarto año.
Del 6 por ciento anual, desde el primer día del quinto año de mora, hasta el último día del séptimo año.
El Jefe de Recaudaciones indicó que el cobro de los impuestos continua, pero sin el descuento del 10 por ciento porque feneció.
“La cancelación de los impuestos se puede realizar en cualquier entidad financiera, pero sin el descuento del 10 por ciento”, dijo.






















