Sentencian a 30 años de cárcel a dos feminicidas
El Ministerio Público informó hoy que se determinó la pena máxima de 30 años de prisión, en la cárcel de Chonchocoro, para Ángel Reynaldo Mamani Huallpa y Cidal Chávez Quispe, ambos acusados por el feminicidio de Carmen Rosa Mollo Ayllon.
"Tras una investigación objetiva, el Ministerio Público presentó y fundamentó la acusación formal, obteniendo así una codena de 30 años de prisión por el delito de feminicidio, que es sancionado drásticamente por la Ley 348", señaló el fiscal Departamental de La Paz, Edwin Blanco Soria, según un comunicado de prensa de esa institución.
El caso se registró el 30 de agosto de 2014 en el municipio de Achacachi, en La Paz. Según la fiscal asignada al caso, Tania Alfaro, ambos sindicados consumieron bebidas alcohólicas con la víctima y su prima, Vanessa M, la noche previa al feminicidio.
"Vanessa M relató que en la casa de Mamani, tomó un vaso de una bebida alcohólica y posteriormente perdió el conocimiento. Cuando despertó a la mañana siguiente se vio sin pantalón y con Carmen tiesa a su lado", indicó la fiscal.
De acuerdo con Alfaro, ambas fueron ultrajadas sexualmente y encerradas en la habitación por Mamani, quien al retornar junto a Chávez, se percató que la víctima no tenía signos de vida, por lo que ambos acusados amenazaron a Vanessa M. para que no diga nada sobre lo sucedido.
"Los acusados envolvieron el cuerpo de la víctima en una frazada y lo llevaron en un vehículo negro marca Toyota hasta la localidad de Pucarani, donde lo enterraron", dijo la fiscal, según un comunicado de prensa del Ministerio Público.
Sostuvo que ante la denuncia, el Ministerio Público y la Policía se constituyeron en la localidad de Pucarani, comunidad Cota Cota, donde verificaron la existencia del cuerpo de la víctima, que presentaba un traumatismo craneal encefálico sin fractura y con causa policontusa.
Ante las pruebas fehacientes presentadas por la fiscal, la autoridad jurisdiccional dictó la pena máxima contra los acusados, basado en el artículo de la Ley 348, que establece una sanción de 30 años, sin derecho a indulto para quien mate a una mujer.

























