Edificaciones sustentables en Cochabamba
Por supuesto que tener edificios sustentables es importante, necesario y urgente; sin embargo, esta condición y calidad de construcciones, sólo puede funcionar en escenarios con esa condición, “sustentable”.
En 2017 el Consejo Municipal de Cochabamba promulgó la Ley n° 211 de incentivo a edificaciones sustentables, que impulsaría la erección de inmuebles de este tipo a través de la reducción de impuestos y venta (regalo) de mayor edificabilidad; es decir, más pisos de los que la norma permite. Este incentivo es súper atractivo, tomando en cuenta que por cada nivel más, la utilidad del constructor crece entre el 10 a 15 % del total (relativo).
A cambio de esta edificabilidad, el promotor pagaría 50% del precio catastral, monto muy lejano al importe de mercado, debiendo incluir en el edificio condiciones sustentables, que no sabemos cómo benefician a la ciudad. Otorgar +2, +4 o más pisos es siempre atractivo, aunque debe reconocerse que cada piso arriba de uno, es desde ya “regalo” que el Estado otorga a favor del privado.
Las condiciones para la erección y funcionamiento de edificios sustentables no están dadas. Su promoción no tiene relación con un plan urbanístico, con una idea de ciudad, con zonas de localización específica, no existen condiciones de soporte (agua, alcantarilla, anchos vías, otros) para el tamaño de edificios, mismos que todavía se soportan en una norma urbana antigua, que previó una ciudad baja, lotes pequeños (para edificación sustentable), coeficientes reducidos, que garantizarían su inviabilidad.
Los edificios actuales se erigen sobre esta norma y crean sombras, pérdida de luz, frio, saturación de sistemas, congestionamiento, etc. Entonces, ¿Cómo soportará la ciudad edificios de 30, 40 o 50 pisos? ¿Cuál el impacto en sus entornos? ¿La condición sostenible del edificio funcionará? ¿Cuál la imagen de la ciudad? ¿Cómo una ciudad que no tiene agua, está totalmente congestionada, sin redes de alcantarillado suficientes, etc. acogerá a estas edificaciones? ¿Cómo benefician estos edificios a la ciudad y al colectivo?
No hay oposición a erigir edificios con esta condición, pero sí, a que no sea una medida estructural vinculada con un plan y creación de soporte, sino solo coyuntura y moda que confirma la moción de que hay unidades del Gobierno Municipal que priorizan el interés particular en vez del colectivo.
El autor es Urbanista y miembro del “Observatorio Ciudadano”, institución a la que pertenece Los Tiempos
Columnas de JUAN CABRERA