Expertos: El fallo de reelección indefinida es inaplicable en el país
La Sentencia Constitucional (SC) 084/2017 que establece la reelección indefinida está vigente, pero ya no tiene aplicabilidad en Bolivia, coincidieron dos analistas consultados por Los Tiempos.
El analista Carlos Alberto Goitia explicó que la SC 084/2017 no puede ser aplicada en Bolivia desde el pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que determinó que la reelección no es un derecho humano.
Añadió que la Corte IDH está por encima y obliga al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a aplicar lo establecido de forma directa.
Aclaró que en caso de que algún político pretenda postularse a una reelección, el TSE debe aplicar el pronunciamiento de la Corte IDH antes que la sentencia porque se convierten en jueces convencionales y no pueden aplicar la Sentencia Constitucional.
Sobre el tema, el presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Paul Franco, señaló que la SC 084/2017 que avala la reelección indefinida al ser considerada como un “derecho humano” sigue vigente.
Por su parte, el jurista Ramiro Orías explicó que el TCP tiene la jurisprudencia para modular su propia sentencia sobre la reelección indefinida “a tono con la jurisprudencia internacional y de acuerdo con la opinión consultiva internacional porque se trata de una sentencia que va contra la Convención Interamericana de Derechos Humanos”.
La SC 0084/2017 permitió la candidatura de Evo Morales por cuarta vez consecutiva a la Presidencia en las elecciones de 2019, pese al referendo del 21 F, que estableció el rechazo ciudadano.
La Corte IDH estableció que la habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.