Protesta callejera y asamblea ciudadana
Ser miembro de un partido político u organización similar, participar en elecciones para gobernantes y legisladores, y en referendos para resolver alguna cuestión por esta vía no son las únicas formas de acción política. En realidad, éstas están abiertas a la imaginación de los dirigentes sociales y de los ciudadanos. Desde el período de la llamada “primavera árabe”, hace casi un lustro, ha ganado terreno una nueva forma de acción política: la protesta callejera. De igual modo, algunos países han puesto en práctica las denominadas asambleas ciudadanas. Dos nuevas formas con características propias que están demostrando su eficacia.
A la primera de estas, un reconocido analista como Moisés Naím le dedica un esclarecedor análisis. Para ello trae a cuento lo ocurrido en Francia con los “chalecos amarillos” y sus variadas reivindicaciones, en Hong Kong contra una posible ley de extradición, en Egipto, Sudán, Argelia y Puerto Rico para cambiar gobiernos y en Moscú para reclamar por mejores condiciones en el régimen electoral. A estas cabe añadir las manifestaciones en Chile, sobre cambios en la educación, y en Argentina por una nueva legislación sobre el aborto.
Dos rasgos, entre otros, distinguen a esta nueva forma de acción política: el estar dirigida a objetivos más concretos y el haber logrado significativos resultados. Por su propia naturaleza, la protesta callejera carece de un liderazgo fácil de identificar y responde a un impulso espontáneo enraizado en precisas y concretas necesidades y preocupaciones de amplios grupos de ciudadanos.
En cuanto a las asambleas ciudadanas, un también conocido sociólogo y constitucionalista, Roberto Gargarella, las califica como “eficaz instrumento” de la democracia. Recuerda que la primera experiencia de esta nueva forma se debe a los australianos que, en 1998, instauraron una asamblea para determinar si su país se convertiría o no en una república. Siguieron los canadienses que, en 2005 y 2006, llevaron adelante sendas asambleas en las provincias de la Columbia Británica y Ontario sobre la reforma de los sistemas electorales. A su turno, entre 2009 y 2013, otra asamblea en Islandia se ocupó nada menos que de una importante reforma constitucional. Y, por último, en Irlanda, en 2012 y 2016, una “convención constitucional” y una asamblea ciudadana se ocuparon de temas delicados como el matrimonio igualitario y el aborto.
La experiencia recogida en estas iniciativas es significativa, por las materias tratadas, los procedimientos de elección de los miembros de las asambleas –que incluyen el sorteo– y los eficientes vínculos con el referendo y las funciones de los cuerpos legislativas. Además, como bien señala Roberto Gargarella, se contraponen y, por ello, benefician a la democracia, a dos modelos tradicionales de decisión colectiva: la deliberación elitista y la participación sin diálogovale decir el referendo.
El autor es exviceministro de Relaciones Exteriores
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