El 90 por ciento de municipios echa aguas residuales a los ríos y cultivos
“Se presume que el 90 por ciento de los municipios echan sus aguas residuales a ríos y tierras agrícolas”, denunció ayer el asambleísta departamental Freddy Gonzales, porque sólo nueve de 47 alcaldías del departamento tienen licencia ambiental.
La cifra es parte del informe que la Secretaría de la Madre Tierra de la Gobernación envió a la Asamblea Legislativa Departamental para determinar cuántas de las plantas cuentan con el certificado de funcionamiento.
En el eje, sólo la planta de aguas residuales de Albarrancho de Cercado cuenta con licencia ambiental renovada pese a las deficiencias que todavía tiene para procesar el 100 por ciento del caudal, que recibe unos 800 litros por segundo, aunque se hizo para 400.
Sin embargo, Cercado también cuenta con una planta precaria en el canal Valverde que descarga residuos sin un tratamiento adecuado.
En el valle alto, Arani es el único municipio que tiene la licencia ambiental. En tanto, otros como Punata cuentan con las instalaciones, pero no funcionan por problemas con la instalación de electricidad.
La planta de tratamiento demandó una inversión de 1,6 millones de bolivianos y se ejecutó con apoyo de la cooperación internacional, pero en abril se evidenció que no funciona porque en la zona no existe energía eléctrica trifásica.
En tanto, en el trópico se acredita el tema de Entre Ríos y Chimoré. En el cono sur, cuentan con licencia Mizque Totora y Vacas.
El asambleísta manifestó que “el funcionamiento irregular de las plantas de tratamiento es otro factor de contaminación y muy grave”.
Dijo que es preocupante que un número escaso de municipios cumplan la normativa ambiental.
“Si no se cuenta con la licencia ambiental, la disposición final de aguas residuales se hace en ríos, como hemos observado, incluso en el canal Valverde, son aguas residuales a cielo abierto”, dijo. “Lo mismo hemos observado en Punata, que, pese a tener una planta, dispone sus aguas a una acequia”, declaró Gonzales.
Categorización
Las licencias para las plantas de tratamiento se emiten de acuerdo a la cantidad de población.
Los municipios con una población mayor a los 50 mil habitantes tendrán una categoría I; los que tengan una mayor a 50 mil, la II, y con más de 500 mil habitantes, la categoría III.
“Esto implica que, en cumplimiento a la Ley de Medio Ambiente 1333, se les otorga la categoría III, queda dispensa del estudio de impacto ambiental; sin embargo, deberá acogerse al plan de mitigación”, declaró. Los Tiempos intentó conocer la versión de la Secretaría de la Madre Tierra, sin éxito.
“El funcionamiento irregular de plantas residuales es otro factor de contaminación”, dijo Freddy Gonzales
DATOS
Una responsabilidad de los municipios. Según la normativa, las alcaldías son las responsables del servicio de saneamiento básico en su jurisdicción.
Gobernación, máxima autoridad ambiental. La normativa también prevé que la Gobernación, como máxima autoridad ambiental, controle el funcionamiento de las plantas de tratamiento de aguas residuales en los municipios.




























