Anulan la acumulación de los casos Mochilas 1 y 2
La Juez Anticorrupción y de Violencia Contra la Mujer N° 2, Elena Veizaga Mollinedo, determinó anular la resolución de acumulación por conexitud de los casos Mochilas 1 y Mochilas 2, por lo que los procesos podrán continuar por separado.
El 8 de junio de 2018, la Jueza Anticorrupción y Violencia de ese entonces emitió un auto determinando la acumulación de los procesos mochilas 1 y mochilas, resolución que fue apelada por el Ministerio Público.
Dentro este marco la referida Juez en audiencia presencial realizada este viernes 16 de julio con la presencia de los sujetos procesales, determinó anular el Auto de Acumulación por conexitud y ordeno la prosecución de los procesos penales por cuerda separada es decir Mochilas 1 y Mochilas 2.
La fundamentación de la autoridad jurisdiccional durante la audiencia, establece que no se puede hablar de conexitud cuando los hechos son diferentes en cuanto, al Documento base de Contratación, los términos de referencia, la comisión calificadora, los proponentes, la empresa adjudicada, las modalidades, la cuantía, la garantía, el anticipo, con objetivos y causas distintas, suscitadas en diferentes momentos y fechas, entre otros aspectos, son diferentes.
Si bien se establece el mismo sujeto en este caso José María Leyes en relación a su participación, pero cuando se habla de Objeto y Causa son distintos, referir también que existen otras personas involucradas en Mochilas 1 que no son parte de Mochilas 2.
Los ilícitos que se habrían cometido dentro estos procesos están relacionados con, uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes, contratos lesivos al estado, entre otros.
Esta resolución puede ser apelada.