TCP ratifica preaviso, pero aclara su aplicación
El presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Oswaldo Valencia, ratificó ayer la vigencia de la figura del preaviso para disolver una relación laboral entre el empleador y el empleado. Sin embargo, aclaró que su validez legal depende de la aceptación del trabajador, caso contrario, se incurre en la ilegalidad y el obrero puede recurrir al Amparo Constitucional para hacer valer sus derechos laborales.
“La figura del preaviso sigue vigente, pero sólo en la medida que el trabajador lo acepte y si decide desvincularse tiene derecho a recibir todos los beneficios sociales que le corresponden”, indicó, citado en ANF.
En caso que lo rechace, dijo que “tiene derecho a pedir su reincorporación”, y en caso de que no se materialice la recontratación, “el empleado puede acudir a las jefaturas departamentales de Trabajo y acogerse al Amparo Constitucional”.
Valencia explicó que la resolución 907 de 2016 emitida por la Sala Tercera del TCP sólo recalcó la sentencia constitucional plurinacional 1262/2013, del 1 de agosto de 2013, relacionado al preaviso en el ámbito laboral. Aclaró, según ABI, que no fue modificada, “lo que garantiza que la estabilidad de los trabajadores sigue vigente en el país”.
“No hay por qué preocuparse, es una sentencia aislada y está demostrada de manera técnica y legal que no hay modificaciones”, remarcó.
El magistrado explicó que el preaviso contraviene las normas constitucionales protectoras a los derechos del trabajador, por lo que no fue modificada y sigue vigente.
En tanto, el defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, informó ayer que alista una acción abstracta de inconstitucionalidad en contra del artículo 12 de la Ley General del Trabajo que prevé el preaviso para efectos de despido de los trabajadores.
En razón de ese criterio, Tezanos Pinto anunció, según ANF, que pretende asumir esa acción legal en coordinación con el dirigente máximo de la COB,
La Defensoría tiene prevista una reunión con el dirigente de ese sector y su ejecutivo, Guido Mitma, donde planteará la acción de inconstitucionalidad como un recurso legal.


















