Perdonazo tributario se amplía por segunda vez
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) amplió el plazo del pago de la deuda tributaria hasta el 28 de junio de 2019, según un boletín de la institución recaudadora. Se trata de la segunda prerrogativa.
El perdonazo beneficia a los contribuyentes morosos con la reducción del 90 por ciento de las multas por delitos de defraudación tributaria; contravenciones de evasión u omisión de pago y las multas por incumplimiento de deberes formales vinculadas por proceso de determinación, sin intereses.
También, hasta el 28 de junio este año, los contribuyentes podrán acogerse a facilidades de pago por el tributo omitido sin intereses y con la reducción del 80 por ciento de las multas por delitos de defraudación tributaria; contravenciones de evasión u omisión de pago correspondientes a periodos fiscales anteriores a la publicación de la Ley 1105.
El plazo para acogerse al perdonazo vencía el 27 de febrero de 2019, pero la ley se modificó hasta el 30 de abril de este año.
Ésta es la segunda ampliación y rige hasta el 28 de junio.
Los contribuyentes también pueden solicitar información en la línea gratuita de consultas tributarias al 800-10-3444 y en el chat en línea de www.impuestos.gob.bo.
El perdonazo tributario no es obligatorio, es voluntario y no tiene un fin recaudatorio. Apunta a que los contribuyentes regularicen su situación impositiva para que en el futuro mejoren su comportamiento tributario con la Administración Tributaria.
El SIN tiene varias agencias a las cuales los contribuyentes pueden acudir.



















