Diputados aprueba ley de debate obligatorio para los candidatos
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer la ley que establece la obligatoriedad del debate electoral público para los candidatos a la presidencia y vicepresidencia, hasta 15 días antes de las elecciones generales previstas para el próximo 17 de agosto.
La norma, con tres artículos y una disposición transitoria, modifica la Ley 026 del Régimen Electoral sobre debate electoral público y obligatorio para candidatos a cargos públicos elegibles. La misma fue remitida a la Cámara de Senadores para su revisión.
Su finalidad es garantizar que la ciudadanía conozca y analice las propuestas de los diferentes programas de gobierno, para contribuir a un voto informado.
La ley obliga a los candidatos a dar a conocer y debatir las propuestas sobre los programas de gobierno de las organizaciones políticas y, de esa manera, “contribuir al voto informado” hasta los 15 días previos a la fecha de elección.
En caso de una segunda vuelta, los candidatos habilitados también deberán participar en un nuevo debate dentro de los 10 días anteriores a la fecha de la elección.
Asimismo, la norma establece que los candidatos deben participar de manera presencial y aquellos que incumplan con la obligación de participar incurrirán en una falta electoral, “cuya sanción será una multa pecunaria impuesta por un juez electoral”.
Según la norma, la sanción equivaldrá al costo económico pagado por la transmisión total del debate electoral.
Sin embargo, también el candidato o la candidatura que incumpla con la obligación de participar en los debates electorales será sancionado con el retiro inmediato de la pauta publicitaria (cuña, spots y otros) en medios de difusión y masivos.
El procedimiento será aplicado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), conforme al reglamento que la entidad electoral emita en un plazo de hasta 60 días calendario, a partir de la publicación de la ley.