Cámara Baja aprueba modificaciones al Código Tributario

Publicado el 16/06/2016 a las 8h30
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La Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley 153 que modifica 5 artículos de la Ley del Código Tributario Boliviano. Las modificaciones tienen el objetivo de disminuir los intereses de la deuda tributaria, aplicar de manera práctica el arrepentimiento eficaz, agilizar los procesos de notificación y premiar al buen contribuyente.
 
Las modificaciones establecen una tasa de interés fija y gradual en la deuda tributaria; 4% en los primeros cuatro años de mora que se incrementará en dos puntos los siguientes años; es decir, a partir del primer día del quinto, sexto y séptimo año se aplicará un interés del 6 por ciento y desde el primer día de octavo año, 8 por ciento.
 
Anteriormente, la norma no contemplaba esta diferenciación de la deuda tributaria, lo que aumentaba los intereses. La nueva fórmula planteada viene escalonando los periodos a los cuales se hace referencia para el cobro de los intereses, aclaró el ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce, ante el pleno de la Cámara de Diputados.
 
Además se separa de la fórmula de cálculo de la deuda tributaria el componente de "multas", debido a que en la práctica las multas no se cobran con la nueva fórmula, sino sobre el valor equivalente al tributo omitido actualizado sin intereses.
 

Otras modificaciones de la norma vigente, agregó Arce, redefinirán el cobro de la reducción de sanciones y la correcta aplicación del arrepentimiento eficaz.
 
El proyecto aprobado establece que un deudor tributario se podrá acoger al arrepentimiento eficaz cuando se pague la deuda tributaria hasta el décimo día de notificada con la Vista de Cargo o Auto Inicial, o en el caso de declaraciones juradas con pagos en defecto hasta la notificación del inicio de ejecución tributaria. La sanción pecuniaria quedará automáticamente extinguida por contravención de omisión de pago.
 
"El arrepentimiento eficaz irá con un cero por ciento de multa, válido hasta diez días después de la notificación de la vista de cargo, es decir, el contribuyente que sea notificado tendrá diez días a partir de esa notificación para enmendar, corregir su declaración de impuesto sin ser pasible a intereses o multas", explicó Arce según cita la unidad de comunicación de Diputados.
 
La nueva norma también prevé incentivos tributarios consistentes en la reducción de sanciones por omisión de pago considerando la etapa en que se pague la deuda; establece el tratamiento de la deuda tributaria existente a la vigencia de esta Ley, por lo cual se dispone que las mismas podrán beneficiarse y ser pagadas con la aplicación del interés único del 4 por ciento hasta antes del 31 de diciembre del presente año.
 
El Proyecto de Ley aprobado en sus dos estaciones, grande y detalle, por la Cámara de Diputados fue derivado a la Cámara de Senadores para su correspondiente consideración.





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