Los derrocamientos sin golpe de Estado
En el siglo XX fueron con “golpe de Estado” las rebeliones contra los gobiernos constitucionales de José Gutiérrez Guerra (1920), Hernando Siles (1930), José Luis Tejada Sorzano (1936), Enrique Peñaranda (1944), Víctor Paz Estenssoro (1964), Luis Adolfo Siles (1969), Walter Guevara (1979) y Lydia Gueiler (1980), que ocasionaron sus derrocamientos y sustitución por gobiernos ilegítimos.
El derrocamiento del presidente Daniel Salamanca, por comandantes del Ejército en campaña durante la guerra del Chaco, no rompió el esquema constitucional pues ante la renuncia del Presidente de la República asumió el mando supremo el vicepresidente, José Luis Tejada Sorzano. Se respetó el esquema constitucional.
La caída de David Toro (1938), el acceso arbitrario al poder por Carlos Quintanilla (1939) y los gobiernos de Néstor Guillén y Tomás Monje Gutiérrez (1946) fueron continuación de gobiernos ilegales.
La entrega del mando supremo a una Junta Militar por decisión del presidente Mamerto Urriolagoitia, para evitar que los electos al Poder Legislativo elijan al nuevo Presidente de entre los tres candidatos que obtuvieron la mayoría de votos, fue un genuino golpe de Estado porque violó la norma constitucional.
El alzamiento de 1952 que derrocó al gobierno de la Junta Militar presidida por el general Hugo Ballivián desplazó del poder a un régimen espurio. No fue golpe de Estado.
Las asunciones al mando de Juan José Torres (1970), de Hugo Banzer (1971), de Juan Pereda Asbún (1978) y de Celso Torrelio (198) no tuvieron el carácter de golpe de Estado porque fueron continuación de acciones de violación al sistema democrático. Al contrario, la restauración del régimen legal fue obra de los militares David Padilla (1978) y Guido Vildoso (1982).
Auténticos golpes de Estado fueron los protagonizados por René Barrientos y Alfredo Ovando en 1964, por Alfredo Ovando en 1969, por Alberto Natusch en 1979 y por Luis García Meza en 1981, que derrocaron a gobernantes surgidos bajo manto constitucional.
En el presente siglo, las decisiones de los años 2003, 2005 y 2019 que obligaron a renunciar a sus funciones a los presidentes Gonzalo Sánchez de Lozada, Carlos Mesa y Evo Morales respetaron las reglas de sucesión establecidas en la Constitución Política del Estado. No fueron golpes de Estado. Sin embargo, con referencia al último de esos tres casos, el renunciante ya no era propiamente gobernante legítimo porque ejercía arbitrariamente un tercer mandato con violación de la regla constitucional de alternabilidad en el mando.
Columnas de JOSÉ LUIS BAPTISTA MORALES