Fisuras educativas
En la historia quedó el fenómeno educativo de la inusitada inmigración de estudiantes del área urbana a unidades educativas rurales durante las gestiones 2021 y 2022 (principalmente), en razón de la preferencia a la modalidad de atención presencial, a causa de las restricciones por la Covid -19 en las capitales de departamento.
Sin duda, precedente hecho pasó a ocupar un lugar preferencial en la historia de la educación del Subsistema Regular de Bolivia, en virtud que algunas unidades educativas rurales elevaron su estadística de estudiantes entre 200% y 300%, aproximadamente.
Sin embargo, en la presente gestión educativa y escolar, la realidad cambió radicalmente, porque varios estudiantes se retiraron de algunas unidades educativas del área rural que les cobijó el año 2022, afectado indudablemente en la estadística de efectivos.
Al respecto, el artículo 24, parágrafo II, de la Resolución Ministerial Nº 001/2023 “Normas Generales para la Gestión Educativa”, dispone que, en unidades educativas rurales de difícil acceso, la cantidad requerida es de 10 estudiantes aproximadamente por año de escolaridad (curso), principalmente en aulas multigrado (fusión de grados).
Por consiguiente, las unidades educativas fiscales y de convenio del área rural que incumplieran con mencionado requisito serán pasibles a la optimización de un determinado ítem, comúnmente conocido como la pérdida de un o una maestra, al extremo de cierre del recinto educativo.
El fantasma de la pérdida de ítems en algunas unidades educativas fiscales y de convenido del área rural se constituye en, la actualidad, la gran preocupación de directores, junta escolar y autoridades originarias, que deberán hacer esfuerzos sobrehumanos para cambiar referida realidad, antes de la entrega del Formulario 01 del Sistema de Información de Carga Horaria.
Columnas de LUIS ALBERTO CALLAPINO LÓPEZ


















