Proyecto de ley plantea subida gradual del ITF hasta 2018

Redacción Central
Publicado el 04/06/2015 a las 2h48

Un proyecto de ley plantea subir progresivamente, hasta 2018, el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) para garantizar recursos estatales. El ITF grava con una alícuota de 0,15 por ciento las operaciones en moneda extranjera y en moneda nacional con mantenimiento de valor. El incremento anual sería de 0,05 por ciento.

La vigencia del ITF vence en julio próximo y el documento al que tuvo acceso este medio plantea ampliar hasta el 31 de diciembre de 2018. Justifica la medida considerando que el “Estado, a través del Tesoro General de la Nación (TGN), requiere contar con ingresos suficientes para atender las crecientes necesidades de la sociedad”, que son obligaciones estatales. Hace notar que la Constitución Política del Estado (CPE) establece principios fiscales para la generación de ingresos estatales.

Añade que es preciso considerar que, además de contar con una fuente generadora de ingresos, la medida “también está orientada a coadyuvar a la consolidación del proceso de bolivianización de la economía, incentivando el uso de la moneda nacional”.

El ITF está vigente desde julio del año 2004 y, actualmente, la alícuota es de 0,15 por ciento.

Para demostrar el impacto en el TGN, el proyecto de ley señala que entre 2006 y 2014 la recaudación anual promedio fue de 361,5 millones de dólares. Es por eso que plantea que, con la alícuota actual, hasta diciembre de este año se podría generar 408 millones de bolivianos de recaudación; pero con la subida progresiva, en 2016 se podría generar 534 millones con una alícuota de 0,20 por ciento; en 2017 se podría generar 668 millones con una alícuota de 0,25 por ciento; y en 2018 se podría generar 801 millones de bolivianos recaudación con una alícuota de 0,30 por ciento.

Es decir, se busca incrementar la recaudación para el TGN en más del doble que el promedio de los últimos nueve años.

Según la norma, el ITF se aplica a personas naturales o jurídicas al momento de la acreditación o débito en las cuentas; al momento de realizarse el pago o la transferencia; al momento de la entrega de dinero, pago o transferencia; al momento de instruirse la transferencia o envío de dinero; o al momento de la entrega o recepción de fondos.

Para la ampliación de vigencia, en 2012, el ministro de Economía, Luis Arce, destacó que el objetivo era seguir apoyando la bolivianización de la economía.

Este año se adiciona en la justificación la necesidad de garantizar recursos para el TGN. El Gobierno modificó en marzo pasado la previsión de déficit fiscal proyectada en el Presupuesto General del Estado 2015, que estimaba una cifra negativa del 3,6 por ciento, y ahora la previsión subió a 4,1 por ciento.

Bolivia cerró 2014 con déficit fiscal después de ocho años consecutivos de superávit, debido a la caída de precios de las materias primas.

El proyecto de ley fue aprobado esta semana en Diputados sin modificaciones, informó ayer el asesor del Comité de Políticas Financiera, Monetaria, Tributaria y Seguros de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Marcos Durán. Por su parte, el presidente de esa comisión, René Joaquino, anunció que la próxima semana será tratado en el Senado.

Once años de aplicación

En abril de 2004, el expresidente Carlos Mesa promulgó la Ley 2646 que creó el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) con carácter transitorio. La medida se aplicó desde julio de ese año por 24 meses con una alícuota de 0,3 por ciento para el primer año y de 0,25 por ciento para el segundo. Inicialmente se creó para cubrir el déficit fiscal, pero también desincentivó las transacciones en moneda extranjera y fomentó las operaciones en bolivianos.

En julio de 2006, en la primera gestión del presidente Evo Morales, se promulgó la Ley 3446 que puso en vigencia el ITF por 36 meses (tres años) y se redujo el gravamen de 0,30 a 0,15 por ciento.

Cumplido el plazo, el 8 de julio de 2009 se emitió el Decreto Supremo 0199 que amplía la vigencia del Decreto Supremo 28815, que reglamentaba la Ley 3446, por otros 36 meses (tres años), plazo que vence este próximo 24 de julio.

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