El lenguaje sencillo: una deuda pendiente de la justicia
Conmemorar hoy el Día de Juez Boliviano, en honor al connotado jurista Pantaleón Dalence Jiménez permite reflexionar sobre una de las tareas pendientes, relacionadas con la necesidad de implementar una justicia comprensible para los ciudadanos, coherente con los lineamientos establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que de manera reiterada ha incidido en el deber estatal de garantizar un acceso efectivo a la justicia como componente esencial del derecho a la tutela judicial efectiva y a la protección judicial de derechos humanos, en sentencias que enfatizan no solo la obligación de investigar y sancionar, sino también la garantía de procedimientos accesibles, comprensibles y no discriminatorios para víctimas y grupos vulnerables.
Las Reglas de Brasilia articulan un enfoque de deberes institucionales y medidas razonables que complementan los estándares de la Corte IDH, sobre el Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, son un instrumento normativo clave que obliga a los operadores judiciales a adoptar medidas proactivas, para remover obstáculos estructurales y garantizar igualdad real de acceso. En la Regla 58 sostiene que en las resoluciones judiciales se emplearán términos y construcciones sintácticas sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico, así la Cumbre Judicial Iberoamericana creó el año 2014, el Grupo de Justicia y Lenguaje Claro: por el derecho del ciudadano a comprender la justicia, para su implementación.
En ese sentido, una de las mayores paradojas del sistema judicial contemporáneo es que, mientras las decisiones de los jueces tienen un impacto directo sobre la libertad, el patrimonio, la familia y los derechos de las personas, con frecuencia estas se expresan en un lenguaje que solo resulta comprensible para quienes pertenecen al ámbito jurídico. Esta realidad obliga a replantear una premisa esencial: la justicia no solo debe impartirse con apego a la Constitución y a la ley, sino también comunicarse de manera clara, comprensible y accesible.
Una sentencia judicial no constituye únicamente un acto procesal, ni el acceso a la justicia termina cuando se dicta una sentencia, sino cuando ésta es comprensible; representa el momento en que el Estado responde a la pretensión de una persona y define el alcance de sus derechos y obligaciones. Por ello, sus destinatarios naturales no son exclusivamente los abogados o los tribunales de alzada, sino principalmente las personas que acudieron a la justicia en busca de una respuesta. Cuando estas no logran comprender el contenido de la resolución que decide su controversia, difícilmente puede afirmarse que el derecho de acceso a la justicia ha sido plenamente garantizado.
El desafío pendiente consiste en transformar la cultura de la redacción judicial. La formación de jueces, magistrados y operadores jurídicos debe incorporar técnicas de comunicación clara que permitan elaborar resoluciones comprensibles sin menoscabo de su solidez jurídica. En una sociedad democrática, una sentencia que no puede ser entendida por sus destinatarios es una oportunidad perdida para consolidar la confianza pública en las instituciones.
Hacer comprensible la justicia es una exigencia ética, constitucional y democrática que contribuye a hacer efectivo el derecho de acceso a la justicia.
Columnas de Nuria Gonzáles Romero


















