Auditoría no halla “bloque alterno” en el padrón; TSE suspende a vocal
El informe conclusivo de la auditoría realizada por la empresa Dreamlab Technologies al padrón electoral biométrico difundido ayer descartó la existencia de un bloque de datos “alterno, reservado y secreto” que pudiera haber afectado los resultados de las elecciones generales de 2020, tal como habría denunciado, en noviembre pasado, la vocal Rosario Baptista ante la Organización de los Estados Americanos (OEA).
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó, además, suspender a la vocal e iniciar un proceso disciplinario.
El pasado 5 de noviembre de 2020, Baptista pidió, mediante carta, a la OEA realizar una auditoría de las elecciones del 18 de octubre. Argumentó “la posible existencia de un bloque alterno, técnicamente reservado, con acceso privilegiado, restringido y secreto, fuera del alcance de quienes verificaron la integridad de este padrón y que podría haber inducido o condicionado el resultado final”.
Entonces, el TSE calificó de “fantasiosas” las denuncias y ratificó la validez y transparencia de las elecciones validadas por al menos siete organismos internacionales que descartaron la existencia de un fraude, entre ellos, la Organización de Naciones Unidas (ONU), la OEA, la Unión Europea (UE), las misiones electorales de la OEA, Uniore y la Misión Carter.
Asimismo, contrató en octubre a la empresa Dreamlab Technologies Bolivia SRL para que audite los resultados invirtiendo 211.091 bolivianos.
El informe conclusivo del análisis de la infraestructura tecnológica del padrón electoral biométrico que tuvo un alcance del hardware y software fue presentado el 28 de diciembre de 2020 y difundido ayer.
Señala que “no se identificó un bloque de datos alterno, técnicamente reservado, con acceso privilegiado, restringido y secreto dentro de la infraestructura, siendo los elementos que forman parte del flujo y el repositorio final de datos sigue el flujo normal de la aplicación y opera de acuerdo lo expuesto por el personal en concordancia con los resultados de las pruebas realizadas”.
Sugiere “una actualización tecnológica de la plataforma y la implementación de herramientas de control de seguridad”.
Una semana antes de conocerse el informe (el 21 de diciembre), el TSE inició un proceso disciplinario y suspendió temporalmente con goce de haberes a Baptista.
El auto 063/2020, compartido por el periodista Tuffi Aré en sus redes sociales, no especifica que el proceso sea por la carta a la OEA, pero lo menciona en las consideraciones.
El documento señala que el proceso sería “por faltas graves y muy graves por la supuesta no atención y entrega oportuna de información que le fue requerida reiteradamente”.
Hoy se llevará a cabo la audiencia pública de la vocal.
“La suspensión temporal es, ciertamente, un exceso”
Rolando Tellería, analista político
El proceso disciplinario —más no así la suspensión temporal que, en todo caso, es un exceso de la sala plena de composición mayoritaria azul— procede, pues la vocal no presentó prueba alguna a su grave denuncia, que podría haber empañado la transparencia de las elecciones generales de octubre pasado.
Es, sin duda, una grave falta disciplinaria. Ahora bien, la suspensión temporal es ciertamente un exceso.
Subyace en esta decisión, esa inclinación de la sala plena del Tribunal Supremo Electoral, a los intereses políticos del partido de gobierno.