Fortunas superiores a Bs 30 millones pagarán el IGF
El Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) alcanza a los millonarios que tienen recursos por encima de 30 millones de bolivianos, quienes deberán pagar hasta el 31 de marzo y los residentes en el exterior hasta el 30 de abril, según el Decreto Supremo 4436.
La norma, que define el alcance y valoración del tributo, señala que el IGF se aplica a las personas naturales con elevada capacidad económica, cuando la fortuna neta acumulada al 31 de diciembre de cada año sea mayor a los 30 millones de bolivianos o su equivalente en moneda extranjera.
Los bienes inmuebles, por ejemplo, serán determinados por su valor de mercado, valor de adquisición actualizado de acuerdo a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV) o el valor establecido para el pago del impuesto que grava la propiedad. Para los bienes situados en el exterior, se utilizará el valor del país en el que se encuentran.
El IGF establece una alícuota del 1,4 por ciento para las personas que posean entre 30 y 40 millones de bolivianos; 1,9 por ciento para los que tienen entre 40 y 50 millones, y 2,4 por ciento para los que superan los 50 millones.


























