No es democrático lo que es ilegítimo

Columna
Publicado el 23/02/2019

Todos los países del orbe han instituido constitucionalmente el principio de la alternabilidad del poder de un modo remarcado. Bolivia, con excepción de la constitución bolivariana vitalicia que inauguró la república, ha recogido en todas sus Cartas Fundamentales esa concepción principista que impone al Estado un orden político-social pluralista, respetuoso de la Institucionalidad y de reconocimiento a los partidos políticos. La actual constitución masista obliga taxativamente, como regla clarísima esa obligatoriedad, empero en los últimos tiempos, la acción prorroguista pseudo legal del Tribunal Constitucional plurinacional ha violentado ciertamente el andamiaje supremo de nuestro país. El espurio fallo emitido por esa instancia dando curso a una írrita cuarta postulación del presidente Evo Morales, ha roto las reglas del juego democrático, y el devenir natural de la sociedad política cuyo efecto divisorio efecto tendrá con seguridad imprevisibles consecuencias futuras.

El artículo 168 de la Constitución Política permite la reelección por una sola vez, no obstante, hoy por hoy sigue en curso la ilegítima postura reeleccionista de Morales al amparo de un accionar indolente e inmoral de dicha Institución –irónicamente es guardián de la virtuosa aplicación de la Constitución y las leyes de la nación– que dio paso al abuso que, de consumarse, provocará el caos sin que nadie lo pueda evitar. Es entonces que nuestro último recurso de defensa hacia el futuro sería el optar por una obligada reforma constitucional que introduzca esta vez una rígida y tajante prohibición a la reelección indefinida que, de lo contrario, podría ser intentada recurrentemente por otros actores interesados de nuestra política criolla. Al efecto, bueno será que tal reforma tome en cuenta como, ejemplo, la doctrina que sobre la materia contiene el artículo pertinente de la Constitución mexicana que textualmente dice: “El presidente entrará en ejercicio de su cargo el 1 de diciembre y durará en el cargo seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de presidente de la república electo popularmente o de carácter interino provisional o sustitutivo en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto”. Esto es categórico, nadie puede burlar tal situación, está prácticamente encapsulado el desempeño de esa alta función por una sola vez hasta la eternidad, pues como dice el eminente humanista, profesor Alejandro Korn, “La vida nos enseña que ningún poder es eterno, ello implica educación moral y cívica como honradez política; una cultura de gobiernos que se alternen en el momento en que suene la retirada legal o moralmente la dura tesis de la rigidez periódica del presidencialismo y tenga como freno la no reelección vitalicia”. ¿Podríamos llegar nosotros los bolivianos a esa vislumbre patriótica y cultural de respetar nuestras leyes y su acatamiento permanentes en bien de la convivencia pacífica, de nuestra moral política, validamiento, prestigio y dignidad de la patria ante el mundo entero?

 

El autor es abogado

Columnas de HUGO BILBAO LA VIEJA A.

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