Los comerciantes minoristas están intranquilos

Columna
PLIEGO DE CARGOS
Publicado el 29/08/2021

De una manera muy extraña y sospechosa, los funcionarios del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) desde el lunes pasado han esparcido mensajes por las redes sociales pidiendo tranquilidad a los comerciantes minoristas, bajo el argumento de que el presidente de la institución había garantizado que estos actores económicos no están incorporados en el nuevo sistema de facturación en línea y menos les afectaba, no existiendo razón para alarmarse.

Digo que es una situación curiosa, porque bien saben todos que los comerciantes minoristas, en sus transacciones rutinarias, adquieren bienes y servicios del mercado interno para revenderlos sin factura en los mercados populares; como también se entiende que dentro de este sector existen individuos que blanquean bienes importados ilegalmente a través del contrabando masivo.

Lo que no dijo el presidente del SIN es que hace dos semanas aprobó una resolución normativa que clasifica a 171 grandes contribuyentes que están obligados a reportar y registrar todas sus ventas a través de la facturación en línea, entre ellos cuales se encuentran todas las empresas que comercializan y/o industrializan productos de consumo masivo, los mismos que adquieren todos los comerciantes minoristas de los mercados populares. Gran motivo para preocuparse, ya que se viene la intervención de los investigadores de inteligencia fiscal del SIN que harán un seguimiento a los nombres y los Números de Identificación Tributaria (NIT) de los contribuyentes de los regímenes especiales que han realizado compras que superen los Bs 60.000 por persona al mes.

En la normativa tributaria se ha establecido el deber formal de “emitir la factura”, que los vendedores están obligados a cumplir; pero en Bolivia no existe el deber formal de “exigir la factura” que sea aplicable a todos los contribuyentes. Inexplicablemente sólo los comerciantes minoristas tienen ese deber formal de exigir la factura por todas sus compras, debiendo incluir en ese documento fiscal el NIT y el nombre del comerciante; como también están obligados a resguardar y mantener estos documentos fiscales en el establecimiento, además de presentarlos ante cualquier requerimiento de la administración tributaria. La norma también ha establecido que cualquier bien importado o adquirido en el mercado interno y que no cuente con la factura o la póliza de importación, hace presumir que se han cometido los delitos de defraudación o de contrabando. Como se podrá observar las normas no son tan benévolas con los comerciantes minoristas, peor si interviene la administración tributaria para perseguir a los evasores.

Si bien es cierto que los contribuyentes de los regímenes especiales, entre ellos los comerciantes minoristas, no tienen el deber de emitir factura como vendedores, no es menos cierto que están incorporados en el sistema de facturación en línea como compradores y, lo que es peor, con el deber formal de exigir factura a sus proveedores, que están en esa lista de 171 grandes contribuyentes. Se les quitará el sueño a muchos comerciantes cuando se enteren de que este operativo persigue reclasificar a todos aquellos minoristas y gremialistas cuyas compras sean superiores a los capitales máximos establecidos reglamentariamente; de tal modo que “en línea” se los identifique y categorice en el régimen general de impuestos, analizando sólo los registros de los grandes proveedores.

Todo parece indicar que el mensaje del presidente del SIN no fue tan alentador como se esperaba. El Gobierno requiere el refuerzo de este sector de actores económicos que se mueven en la informalidad y le preocupa perder ese apoyo político que siempre ha sostenido de manera transversal a todos los regímenes políticos desde 1952. Con razón el gobierno central ha instruido al SIN para que comparezca públicamente con el fin de aclarar y tranquilizar al sector gremial; pero, en realidad las medias verdades han provocado la susceptibilidad sobre los beneficios que conlleva el sistema de facturación en línea; entonces, queda claro que este sistema sí incorpora a los comerciantes minoristas, lo que se evidenciará, más adelante, soportando la mano dura con la que actuará el SIN contra muchos de los actores del sector gremial.

 

El autor es abogado

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