Gobierno, subgobierno y criptogobierno
Los hechos han demostrado la existencia de ciertos ‘poderes fácticos invisibles’ que sin participar públicamente de la administración del Gobierno, han demostrado tener la capacidad de incidir directamente en el Gobierno
Italia es considerado, al igual que los EEUU, un país importante dentro los aportes académicos a la Ciencia Política, ya que una buena parte de sus cultores empezando desde el mismo Maquiavelo pasando por Norberto Bobbio, Lorella Cedroni, Carlo Galli, GianFranco Pasquino Giovani Sartori o Gaetano Pareto han dedicado buena parte de sus estudios, al conocimiento del ‘buen gobierno’ y, dentro de ello, al estudio de la democracia, siendo una de las preocupaciones centrales en los estudios de Bobbio, por ejemplo, la relación entre la democracia, el Estado y los ‘poderes invisibles’, término reservado para designar inicialmente, esa doble dimensión (dual estate) desapercibida usualmente por la academia convencional.
En efecto, en un primer texto de Bobbio titulado ‘La violencia di Stato’ y luego en la ‘Democracia y Estado’, el autor expone que la violencia no sólo existe cuando presenciamos una marcha, una protesta o movilización ya que en realidad, existen otras formas subterráneas al interior del Estado, de forma tal que bien se podría identificar un ‘Estado normativo’ (visible, formal, institucional), también es posible precisar un ‘Estado discrecional’ (oculto, fáctico, de hecho), existiendo una suerte de connivencia entre estas dos dimensiones del poder estatal (un poder visible y otro invisible), los cuales definen su real naturaleza, permitiendo identificar tres niveles o espacios concretos: a. El Gobierno, que podría ser entendido como el poder visible, normativo, constitucionalizado, que todos conocemos; b. El subgobierno, que sirve para hacer referencia a la existencia de ciertos poderes que ‘operan en la penumbra’, como los servicios secretos, espías, etc. y, c. El criptogobierno, para hacer referencia a ciertos ‘poderes invisibles’ que operan en la perfecta oscuridad, pero que inciden de forma contundente en el Gobierno ‘visible’, tales como las mafias (Italia tiene una experiencia muy vasta en ello), las logias (masones), las asociaciones secretas (sectas), etc.
Al respecto, la reflexión ética nos lleva a cuestionar la permisividad de ciertos Estados sobre la existencia de estos grupos o poderes invisibles, los cuales no sólo son negativos por el rol que ejercen (corrupción de cuello blanco, lobby, extorsión, etc.), sino porque su existencia contradice el espíritu de la misma democracia, entendida por Bobbio como el ‘Gobierno de un poder visible’, el ‘Gobierno cuyos actos se realizan en público bajo la supervisión de la opinión pública’, por lo que cabe preguntarse, ¿es constitucional y democrático que un Gobierno permita la existencia de estos grupos fácticos invisibles? (El Artículo 18 de la Constitución de Italia prohíbe las asociaciones secretas) ¿Cuáles son los límites entre el poder visible e invisible? ¿No es acaso la República, el gobierno del público, de la res pública?
En el caso de Bolivia, se tiene que si bien la Constitución del Estado, en su vertiente del ‘poder normativo - institucional’, incorpora una variada gama de principios, valores y derechos, tendientes a consolidar las nociones de transparencia, control social, rendición de cuentas y participación en la cosa pública, empero, los hechos como los casos de Gabriela Zapata, Santos Ramírez, el Fondo Indígena y otros, nos han demostrado la existencia de ciertos ‘poderes fácticos invisibles’ que sin participar públicamente de la administración del Gobierno, han demostrado tener la capacidad de incidir directamente en el Gobierno, doblarles el brazo y beneficiarse de jugosos negocios, en una clara muestra de la fuerza, la influencia y el poder de estos espacios del criptogobierno que en muchos casos han demostrado tener mayor capacidad operativa y decisional que los mismos burócratas del Gobierno.
El autor es docente de las carreras de Derecho y Ciencia Política - UMSS.
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