Un Estado dudoso
El registro civil es aquel en el que se hacen constar los nacimientos, matrimonios, defunciones y todos los demás hechos relativos al estado civil de las personas. Su importancia radica en que tiene efectos jurídicos. Así, si una persona está inscrita en el registro, y no existe una prueba de que ha fallecido, entonces se la considera viva y acreedora a todos los derechos que pudiera tener en función a su edad.
En Bolivia, La Ley 018 creó el Servicio del Registro Cívico (Sereci) que, hasta ahora, no fue otra cosa que un cambio de nombre, pues lo que debería hacer es administrar un registro biométrico único que incluya al padrón electoral.
Pero, para todos los efectos, el registro civil o cívico tiene carácter de fedatario del Estado; es decir, es la forma física en la que el Estado da fe del nacimiento de una persona, su existencia y sus actos de la vida civil. Si una persona está inscrita en el registro, existe y tiene identidad.
En el caso que ocupa la atención de la ciudadanía en las últimas semanas, existe el registro del nacimiento de un niño que, según consta en una partida totalmente identificada, habría sido procreado por Gabriela Geraldine Zapata Montaño y el presidente del Estado, Juan Evo Morales Ayma. El problema es que es el propio Estado, a través del Órgano Ejecutivo, el que ha puesto en duda la existencia de esa persona.
La duda fue puesta de manifiesto al reputar de falso el certificado de nacido vivo que fue la prueba que se presentó para inscribirlo en el registro cívico. Por simple deducción, si dicho certificado es falso, se cuestiona la validez del registro. Ésa es la estrategia que el Órgano Ejecutivo está desarrollando en este tema.
Es difícil precisar las razones por las que el Gobierno quiere demostrar que el niño inscrito en la partida 51 del libro 42 de la Oficialía Colectiva No. 15 del Registro Civil de Cochabamba no existe. Hasta ahora, las versiones contradictorias al respecto no han hecho más que confundir a la población y dejar la sensación de que algo se quiere ocultar en relación a la existencia de esa persona. El hecho es que, al existir esa partida, el niño existe para la ley y, si se quiere anular ese efecto, habría que presentar el certificado de defunción que amerite que ha fallecido o alguna prueba idónea que lo demuestre. Si existiera un certificado, lo único que habría que hacer es registrar el fallecimiento pero, si no, se debe seguir un trámite administrativo con el fin de anular la partida de nacimiento. Mientras, por la existencia de la partida, el niño existe para todos los efectos legales.
Cuando revisé la base de datos del Sereci encontré todos los registros de la vida civil de Gabriela Zapata, desde su nacimiento hasta la disolución de su matrimonio con Hugo Darío Carvajal Ayaviri en fecha 12 de marzo de 2011. Lo que no encontré fue el certificado de defunción del niño supuestamente procreado con el presidente ni el reconocimiento de hijo cuyo formulario circula ahora en las redes sociales. Su falta sorprendió a los funcionarios del registro que aseguran haberlo visto en la base de datos del Sereci.
Si el documento existió alguna vez y ahora está desaparecido, nos encontraríamos ante la evidencia de que el registro civil o cívico no es lo confiable que debería ser porque tendríamos que suponer que se presta a manipulaciones y eso pondría en duda la condición de fedatario que el Estado tiene respecto a ese archivo.
Y si ya no podemos confiar en el Estado, se estaría socavando una de las bases de nuestra institucionalidad.
El autor es periodista, Premio Nacional en Historia del Periodismo.
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